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Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que a través del Fideicomiso Zacatecas, celebre contrato de compraventa con la Empresa “Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas”, S. de R.L. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 251
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
RESULTANDO PRIMERO.- El día 6 de Noviembre del año en curso, se recibió en la Oficialía de Partes de esta Legislatura, oficio número 432/2008, suscrito por el Secretario General y el Coordinador General Jurídico de Gobierno del Estado, con fundamento en lo establecido por los artículos 133 fracción II y Apartado B de la Constitución Política del Estado; 10 fracción I y XII, 24 fracción III y 34 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 17, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; 6 fracciones II y XVI del Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica, en el que remitieron la Iniciativa de Decreto para que se autorizara al Ejecutivo del Estado, a través del Fideicomiso Zacatecas, para que enajene en calidad de compraventa un bien inmueble a favor de la Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas, S de R.L.
RESULTANDO SEGUNDO.- Por acuerdo del Presidente de la Mesa Directiva, mediante memorándum número 452, de fecha 11 de Noviembre de 2008, fue turnada a las Comisiones Legislativas Primera y Segunda de Hacienda, para su análisis y la emisión del correspondiente dictamen.
La Titular del Ejecutivo del Estado sustentó su iniciativa al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
PRIMERO: Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 25 establece que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático, y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege la Constitución.
Así mismo establece que al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, social y el privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.
SEGUNDO: Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece que el objetivo de la política económica de la presente administración, es lograr mayores niveles de competitividad, y generar más y mejores empleos para la población, lo que es fundamental para el desarrollo humano y sustentable; asimismo señala como uno de los objetivos rectores el, promover la creación, desarrollo y consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas que sea referente a nivel internacional, y que permita impulsar efectivamente a las empresas y a los emprendedores con proyectos viables que favorezcan la generación de empleos.
TERCERO: Que el Plan Estatal de Desarrollo 2004-2010 alineado con los objetivos establecidos a nivel nacional establece en el apartado 6.2.5 referente a Apoyos al Desarrollo Industrial y los Servicios, como estrategias el crear un ambiente propicio para el desarrollo industrial sustentable lo que implica cambios legislativos, capacitación empresarial y laboral, e incentivos fiscales; articular el proceso de industrialización estatal a los polos más dinámicos de industrialización del país, promoviendo el desarrollo de encadenamientos productivos; impulsar una legislación que regule el establecimiento de industrias, con incentivos programados para su instalación en regiones y ramas económicas determinadas.
CUARTO: Que el Fideicomiso Zacatecas, fue creado en fecha 8 de octubre de 1999, teniendo como finalidad la creación, construcción, comercialización y operación de parques industriales de Zacatecas, abarcando las áreas industrial, comercial, agroindustrial y de servicios, fungiendo el Gobierno del Estado como Fideicomitente, Banrural, S.N.C. como Fiduciaria y como Fideicomisarios las personas físicas o morales que adquieran las superficies de terreno para promover el desarrollo industrial del Estado de Zacatecas.
QUINTO: Que en fecha treinta de junio del año dos mil tres, mediante acta notarial número 8,531, del volumen CXXXVII del protocolo a cargo del Lic. Enrique Varela Parga, Notario Público número 26, se celebró Convenio de Sustitución Fiduciaria con el Banco Internación S.A. Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BITAL, como fiduciaria sustituta, BANRURAL, S.N.C. como fiduciaria Sustituida y el Gobierno del Estado en su carácter de fideicomitente.
SEXTO.- Que en fecha quince de julio del año dos mil tres, mediante acta número 8,554, volumen CL del protocolo a cargo del Lic. Enrique Varela Parga, Notario Público número 26 del Estado, se celebró Convenio Modificatorio al Contrato de Fideicomiso denominado Fideicomiso Zacatecas, quedando establecido como fin, que el Fideicomitente lleve a cabo, la creación, construcción, comercialización y operación de los parques industriales de Zacatecas, sobre los inmuebles fideicomitidos, destinando los recursos existentes en el mismo para dichas finalidades.
SÉPTIMO: Que dentro del patrimonio del Fideicomiso Zacatecas se encuentra un predio ubicado en la comunidad de “El Ojito” del Municipio de Juan Aldama, Zacatecas, con una superficie de 9,505.00 m.2., con las siguientes medidas y colindancias: al norte en dos líneas de 55.00 y 35.00 metros y colinda con Reginalda Serrano Rangel; al sur mide 90.00 metros y colinda con carretera federal 49; al oriente mide 102.00 metros y colinda con Reginalda Serrano Rangel; y al poniente mide 107.00 metros y colinda con Reginalda Serrano Rangel.
OCTAVO: Que la “Asociación de Usuarios de Pozo de riego del Noreste del Estado de Zacatecas”, S. de R.L., (AUPRINEZA), fue constituida en fecha 04 de marzo del 2002, mediante escritura Pública No 17299, volumen CCVIII, protocolizada ante la fe del Lic. Daniel Infante López, Notario Público No. 9 del Estado de Zacatecas; surgiendo con la finalidad de conjuntar esfuerzos y aprovechar las economías de escala, aprovechando la organización, superficies y volúmenes de producción que manejan.
NOVENO: Que AUPRINEZA, es una organización del segundo nivel, caracterizada en este rango como empresa Integradora por la Secretaría de Economía, que aglutina a 10, 000 productores en 7 organizaciones, con 50, 000 hectáreas de cultivo; por ser una asociación de usuarios de pozos, cuenta con 230 unidades de riego, creada con una inversión de $ 26’251,114.85 (veintiséis millones doscientos cincuenta y un mil ciento catorce pesos. 85/100 M.N), la asociación cuenta además con 5 hectáreas de invernadero con una inversión de $10’000,000.00 (Diez millones de pesos 00/100 M.N), y entre sus activos cuenta también con una retroexcavadora, una grúa para maniobras, 16 máquinas sembradoras, 15 máquinas cosechadoras combinadas y 43 máquinas cosechadoras Master Expor II para frijol. Con este equipo se apoya la producción de 20,000 hectáreas de diferentes granos básicos y 30,000 hectáreas de frijol, beneficiando a poco más de 10,000 productores.
DÉCIMO: Que actualmente se está estableciendo una unidad granelera con espuela de ferrocarril en el Municipio de Cañitas de Felipe Pescador Zac., con capacidad para 11,500 TM para granos. Así como una planta de alimentos balanceados en el Municipio de Juan Aldama Zac.
Los créditos que opera actualmente la empresa son principalmente para la comercialización del frijol que asciende a $281,350,000.00 (Doscientos ochenta y un millones trescientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N); para créditos de Avío se tiene una línea de crédito adicional de $18,000,000.00 (Dieciocho millones de pesos 00/100 M.N.); y otra línea de crédito para agricultura por contrato para maíz por un monto de $22,000,000.00 (Veintidós millones de pesos 00/100 M.N.).
DÉCIMO PRIMERO: Que tomando en cuenta que el valor de la producción de frijol representa el 1.1 del PIB agroalimentario Nacional y que México importa alrededor de 40 mil toneladas y exporta 420 toneladas y siendo el Estado de Zacatecas líder en la producción de frijol, siendo este su principal producto agrícola, el cual ocupa el 60 % de la superficie cultivada del Estado y constituye una de las principales fuentes de subsistencia para la gente del campo en la cual la mayoría de los agricultores se dedica a la siembra del frijol.
DÉCIMO SEGUNDO: Que AUPRINEZA manifestó su deseo de establecer una planta procesadora de frijol embolsado y cocido sin conservadores en el Estado de Zacatecas, concretamente en el Municipio de Juan Aldama, en fecha 25 de octubre del 2007 al Gobierno del Estado por conducto del Fideicomiso Zacatecas a través de su presidente Lic. Jesús Padilla Estrada solicita con el objetivo del establecimiento de una línea de proceso para frijol cocido empacado en bolsa tipo pouch retornable, y teniendo como metas a corto plazo, acopiar y procesar 2,764 toneladas anuales de frijol producido en Noroeste de Zacatecas, comercializar 6, 912 toneladas de frijol molido y refrito en bolsa tipo pouch de 420 gr.; teniendo como meta a mediano plazo eficientizar y aumentar volúmenes del proceso de agregación de valor al frijol, consolidándose como una organización productora y procesadora líder en su ramo a nivel estatal y sobresalir en el ámbito nacional de la producción de dicho alimento así como de tener una ubicación estratégica de la organización para el mercado internacional y de contar con buena cartera de clientes externos para realizar la comercialización de los productos de los socios, así como contar con la experiencia de la comercialización de productos agrícolas como granos básicos.
La inversión que realizaría AUPRINEZA por concepto de línea de proceso para frijol cocido empacado en bolsa tipo pouch retornable seria de $8’625,000.00 (Ocho millones seiscientos veinticinco mil pesos 00/100 M.N.), por concepto de planta tipo sanitaria necesaria para instalar la línea de proceso sería de $7’950,000.00 (Siete millones novecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N), dando una inversión total de $16’575,000.00. (Dieciséis millones quinientos setenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.).
DÉCIMO TERCERO: Que con la puesta en marcha de la planta se aseguraría el empleo de alrededor de 26,584 jornales tomando en cuenta todas las actividades inherentes al proceso de producción del cultivo de frijol en temporal, tomando en cuenta el empleo de cinco jornales por hectárea y 5, 316 hectáreas que se estarían sembrando para abastecer de materia prima a la planta.
La generación de empleos dentro de la planta procesadora en promedio se emplearían directamente de 12 a 20 personas, dependiendo del grado de automatización de la misma. Durante las obras de construcción, instalaciones eléctricas e hidráulicas, se emplearía a 30 personas durante un lapso de 6 meses.
DÉCIMO CUARTO: Que AUPRINEZA desea sustituir las importaciones de 40 mil toneladas y hacer mayor el crecimiento del mercado de alimentos preparados en los Estados Unidos de América desarrollando canales de comercialización y realizando un incremento de rendimientos aplicando paquetes tecnológicos.
Los parámetros técnicos en planta seria que de cada 40 Kg. de materia prima, se obtienen 100Kg. de producto, teniendo la planta una capacidad instalada de 1,000 Kg. /hrs de producto determinado, el cual generaría turnos por día, seis días a la semana, 52 semanas al año con una producción anual de 912 toneladas de frijol molido y refrito.
El abasto de materia prima, se da un rendimiento promedio de 0.520 ton/ha de frijol en el Estado con la necesidad de 2,764.80 toneladas de materia prima anual, lo cual es necesario producir en 5, 316.92 hectáreas frijol para abastecer la planta teniendo una participación directa de al menos 532 productores para acumular la superficie antes requerida 10 ha. promedio por productor.
DÉCIMO QUINTO: Que tomando en cuenta lo anterior, el H. Comité Técnico del Fideicomiso Zacatecas emitió su autorización para celebrar contrato de Compra-Venta respecto de la Nave Industrial ubicada en el municipio de Juan Aldama, con una superficie de 9,505.00 m.2., propiedad del Fideicomiso, observando que el proyecto de la instalación de una “Planta Procesadora de Frijol Embolsado y Cocido sin Conservadores en el Estado de Zacatecas”, es sumamente rentable ya que con ésta se otorgan alrededor de 50 empleos dentro de la instalación y producción de la planta y 26,584 jornales los para la producción del frijol, así como se aprovechan una vez más el uso de las tierras para la siembra del frijol dentro del estado y se tendría un crecimiento y desarrollo Económico del Estado con una inversión de 16 millones 575 mil pesos.
DÉCIMO SEXTO: En fecha 24 de septiembre del 2008, el Fideicomiso Zacatecas y la Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas, S. de R.L. celebraron Contrato de Promesa de Compraventa, sujeto a la autorización de la Legislatura del Estado, respecto del inmueble industrial ubicado en la comunidad de “El Ojito” del Municipio de Juan Aldama, Zacatecas, con una superficie de 9,505.00 m.2.
RESULTANDO TERCERO.- La Titular del Ejecutivo adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:
Copia certificada del acta número veinticinco mil novecientos ochenta y uno, volumen DCCXXIX (setecientos veintinueve), de fecha 8 de Octubre de 1999, en la que el Licenciado Juan Antonio Castañeda Ruiz, Notario Público número 10 del Estado, hace constar el contrato del Fideicomiso Zacatecas, que celebran por una parte, en calidad de fideicomitente el Gobierno del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, representado entonces por el Gobernador del Estado, Licenciado Ricardo Monreal Ávila, el Secretario de Gobierno, Ingeniero Raymundo Cárdenas Hernández, el Secretario de Desarrollo Económico, Ingeniero Carlos Lozano de la Torre y el Secretario de Planeación y Finanzas, Contador Público, Guillermo Huízar Carranza, y por la otra, en calidad de fiduciaria, Banrural, Sociedad Nacional de Crédito, representada por su Delegado Joaquín Salas García, y en calidad de Fideicomisarios, las personas físicas o morales que adquieran superficies de terreno para promover el desarrollo industrial en el Estado. El contrato se encuentra inscrito bajo el número 7 folios 8, 9 y 10, volumen 669, libro primero, sección primera, de fecha 15 de junio de 2000;
Copia del acta número quince mil setecientos cuarenta, volumen CLXXVIII (ciento setenta y ocho), de fecha 4 de Marzo de 2002, en la que el Licenciado Daniel Infante López, Notario Público número 9 del Estado, hace constar la protocolización del acta de la asamblea constitutiva de la “Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas”, S. de R. L.; el acta se encuentra inscrita bajo el número 30, folios 136-139, volumen XXIV de asociaciones civiles, sección tercera, de fecha 25 de Octubre de 2002;
Copia certificada del acta número nueve mil trescientos ocho, volumen CLXIV (ciento sesenta y cuatro), de fecha 26 de Mayo de 2004, en la que el Licenciado Enrique Varela Parga, Notario Público número 26, hace constar la fusión de predios y el contrato de donación a título gratuito, que celebran por una parte como donantes los señores Francisco Javier Valles Ríos, Francisco Borja Tagle, Maricela Hernández de Borja y Ricardo Valles Ríos, y por la otra como donatarios, el Licenciado Rafael Sescosse Soto, Director General del Fideicomiso Público denominado “FIDEICOMISO ZACATECAS”, respecto de tres predios con superficies de 00-52-25, 00-21-40 y 00-21-40 hectáreas, respectivamente, ubicados en el Municipio de Juan Aldama, Zacatecas en el punto conocido como EL OJITO, mismos se encuentran fusionados mediante oficio número 58, dentro del expediente P/M2003, en fecha 7 de Julio de 2003, expedido por la Presidencia de Juan Aldama, Zacatecas . El instrumento se encuentra inscrito bajo el número 20, folio 111, volumen trescientos treinta y ocho de escrituras públicas, de fecha 29 de Junio de 2004;
Copia certificada de la escritura número setecientos veintidós, volumen once, de fecha 14 de Agosto de 2006, en la que la Licenciada Fabiola Gilda Torres Rodríguez, Notaria Pública número 44, hace constar que comparecen el Licenciada Rafael Sescosse Soto, en su carácter de Secretario de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado, y Director General del Fideicomiso Zacatecas, así como la C.P. Concepción Méndez Mota, apoderada legal del Fideicomiso, para otorgar la protocolización del oficio de recursos emitidos por la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional, así como la aprobación de oficio del plano de construcción de una nave industrial. Título que en su punto cuatro del capítulo segundo contiene los antecedentes del acta número nueve mil trescientos ocho, volumen CLXIV (ciento sesenta y cuatro), del protocolo del Notario Público número 26, Licenciado Enrique Varela Parga, relativa a la fusión de predios y al contrato de donación a título gratuito que celebran los C.C. Francisco Javiera Valles Ríos, Francisco Borja Tagle, Maricela Hernández de Borja y Ricardo Valles Ríos, a favor del Fideicomiso Público denominado FIDEICOMISO ZACATECAS, respecto de un predio con superficie de 9,505.00 M2. El acta se encuentra inscrita bajo el número 42, folios 177, libro primero, sección primera, de escrituras públicas, de fecha 11 de Octubre de 2006;
Copia certificada de la escritura número dos mil setecientos setenta y dos, volumen noventa y cinco, de fecha 24 de Septiembre de 2008, en la que la Licenciada Fabiola Gilda Torres Rodríguez, Notaria Pública número 44, hace constar el contrato de promesa de compraventa, que celebra pro una parte “FIDEICOMISO ZACATECAS”· representado por el Licenciado en Contaduría Nicolás Castañeda Tejeda, en su carácter de Secretario de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado y presidente suplente del Fideicomiso, y la Licenciada en Administración de Empresas María de Lourdes Valdez Félix, en calidad de Directora y Apoderada Legal, ambos en carácter de promitente vendedor y la empresa denominada “ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE POZOS DE RIEGO DEL NORESTE DEL ESTADO DE ZACATECAS, S DE R.L., en su carácter de promitente comprador, representado por su Gerente General Jesús Padilla Estrada, respecto de un predio con superficie de 9,505.00 M2.
Certificado número 210793, expedido por la Dirección de Catastro y Registro Público de Gobierno del Estado, en el sentido de que en un lapso de veinte años anteriores a la fecha, se encuentra libre de gravamen, propiedad con superficie de 9,505.00 M2, a nombre de la Secretaría de Desarrollo Económico de Gobierno del Estado;
Avalúo comercial del inmueble, expedido por el Ingeniero Civil Roberto Adame Pérez, por la cantidad de $5`780.000.00 (Cinco millones setecientos ochenta mil pesos 00/100 m.n.);
Avalúo catastral del predio materia de la solicitud, que asciende a la cantidad de $4`112,132.00 (cuatro millones ciento doce mil ciento treinta y dos mil pesos 00/100 m.n.);
Plano del predio estatal, y
Oficio número 1708 de fecha 03 de Julio de 2008, expedido por el Arquitecto Héctor Castanedo Quirarte, Secretario de Obras Públicas de Gobierno del Estado, en el que informa que el predio que nos ocupa, no tiene valores arqueológicos, históricos o artísticos que sea necesario preservar, ni tampoco está ni estará destinado a un servicio público estatal o municipal.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 133 fracción II, 143 apartado B, de la Constitución Política del Estado, y 33 fracción II de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, es facultad de la Legislatura del Estado aprobar la enajenación y gravamen de bienes inmuebles propiedad del Estado.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- De conformidad con las constancias que obran en el expediente, se acredita que el predio que nos ocupa ubicado en la carretera federal 49, El Ojito, Juan Aldama, Zacatecas, con superficie de 9,505.00 M2, forma parte del patrimonio del Fideicomiso Zacatecas, mismo que tiene las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide dos líneas de 55.00 y 35.00 metros y linda con propiedad de Reginalda Serrano Rangel, al Sur mide 90.00 metros y linda con carretera federal número 49, al oriente mide 102.00 metros y linda con propiedad de Reginalda Serrano Rangel, y al Poniente mide 107.00 metros y linda con propiedad de Reginalda Serrano Rangel.
CONSIDERANDO TERCERO.- En criterio de las Comisiones Dictaminadoras, con las documentales referidas queda plenamente acreditada la existencia física y jurídica del inmueble objeto de la compraventa, propiedad del Fideicomiso Zacatecas, así como la legal existencia de la persona moral compradora, razón por la cual esta Legislatura estima que se colma plenamente la personalidad e interés jurídico de las partes y la existencia legal del predio materia del presente Instrumento Legislativo, asimismo se acredita que el objeto de la compraventa justifica la promoción del desarrollo económico del Estado.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que a través del Fideicomiso Zacatecas, celebre contrato de compraventa con la Empresa “Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas”, S. de R.L. el inmueble cuya ubicación, superficie, medidas y colindancias se puntualizan en el Considerando Séptimo de la exposición de motivos de la iniciativa.
SEGUNDO.- Los gastos que se originen con motivo del traslado de dominio, correrán a cargo de la “Asociación de Usuarios de Pozos de Riego del Noreste del Estado de Zacatecas”, S. de R.L.
TERCERO.- Notifíquese a quien corresponda y publíquese el presente Decreto por una sola vez, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los quince días del mes de Diciembre del año dos mil ocho.
PRESIDENTA
DIP. EMMA LISSET LÓPEZ MURILLO
SECRETARIA
SECRETARIA
DIP.ANGÉLICA NÁÑEZ RODRÍGUEZ
DIP. LAURA ELENA TREJO DELGADO
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