Cuenta Pública del Municipio de General Francisco R., Murguía, Zacatecas, correspondiente al ejercicio fiscal 2005. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 142
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
RESULTANDO PRIMERO.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos de ingresos y egresos de los municipios, evaluar las decisiones desde una perspectiva de beneficio rigurosamente social y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos del municipio, puntualizados en las cuentas públicas, con apoyo en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
RESULTANDO SEGUNDO.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO TERCERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista los siguientes cuatro diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de General Francisco R. Murguía, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2005.
II.- Informe Complementario derivado del Plazo de Solventación concedido y del Seguimiento de las Acciones Promovidas;
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen, y
IV.- Guía de auditoría al desempeño municipal.
De su contenido destacan los siguientes elementos:
a).- La Legislatura del Estado, por conducto de la Comisión de Vigilancia turnó a la Auditoría Superior del Estado con fecha 29 de mayo de 2006, la Cuenta Pública Municipal de General Francisco R. Murguía, Zacatecas, relativa al ejercicio fiscal 2005.
b).- Con la información presentada por el Municipio, relativa a la situación de la hacienda pública, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que la Auditoría Superior del Estado, hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 30 de noviembre de 2006.
c).- El alcance de la auditoría, considerando los renglones de Ingreso, Gasto y Obra Pública, fue en promedio del 52.22%.
INGRESOS:
Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $37'581,784.73 (TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS 73/100 M.N.), correspondiendo el 58.87% a Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública; el 40.25% a Aportaciones Federales del Ramo 33 y el 0.88% a Otros Programas, con un alcance de revisión de 87.59%.
EGRESOS:
Fueron ejercidos recursos por $35'082,898.47 (TREINTA Y CINCO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS 47/100 M.N.), de los que el 56.9% correspondieron a Gasto Corriente y Deuda Pública; el 5.94% a Obra Pública; el 0.82% a Otros Programas y el 36.34% a las Aportaciones Federales Ramo 33. Con un alcance de revisión del 26.89%.
RESULTADO DEL EJERCICIO:
El Municipio registró como resultado del ejercicio 2005, un Superávit por el orden de $2'498,886.26 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 26/100 M.N.), debido a que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.
DEUDORES DIVERSOS:
El saldo en Deudores Diversos al finalizar el ejercicio fue por $108,564.49 (CIENTO OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 49/100 M.N.), y cuentan con documentos mercantiles que permiten su exigibilidad legal.
DEUDA PÚBLICA:
El saldo de adeudos al ultimo día del año 2005, fue por la cantidad de $1'861,768.23 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 23/100 M.N.), presentando un incremento en sus pasivos del 2.89% en relación con el saldo al cierre del ejercicio anterior.
El Municipio contrató empréstitos con Gobierno del Estado en el mes de diciembre por $1'600,000.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), y no presentó documentación que avale la autorización de la Legislatura del Estado para su contratación; sin embargo, se comprobó el apego al porcentaje establecido para endeudamientos en la Ley de Deuda Pública para el Estado y Municipios de Zacatecas.
ACTIVO FIJO:
El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al último día del ejercicio, fue por $5'204,177.77 (CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE PESOS 77/100 M.N.); las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles realizadas en el ejercicio 2005 fueron por $1'970,576.20 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS 20/100 M.N.), de las cuales el 94.48% se hicieron con recursos de programas federales y el 5.52 % con recursos propios.
PLAN TRIANUAL Y OPERATIVO ANUAL:
El Ayuntamiento presentó el Programa Operativo Anual para el ejercicio 2005.
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA:
El monto proyectado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $1'802,203.17 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS TRES PESOS 17/100 M.N.), habiéndose ejercido el 100% del total presupuestado. Se Programaron 12 obras que fueron terminadas en su totalidad, observándose cumplimiento en su ejecución.
El presupuesto asignado al Fondo III de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal fue de $8´193,644.00 (OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS 00/100 M.N.). La aplicación se llevó a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y se distribuyó de la siguiente manera: 95% para Infraestructura Básica, 3% para Gastos Indirectos y 2% para Desarrollo Institucional. Al cierre del ejercicio los recursos fueron aplicados en un 84.73%.
En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo IV de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal, por $5´887,741.00, (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN PESOS 00/100 M.N.). La erogación se llevó en apego a la Ley de Coordinación Fiscal, destinándose el 43.23% para Obligaciones Financieras, el 6.54% para Seguridad Pública, el 26.59% para Infraestructura Básica, y el 23.64% para Adquisiciones.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO:
Para evaluar el cumplimiento de metas y objetivos programados y determinar el grado de eficiencia con que se utilizaron los recursos humanos financieros y materiales, se instauraron los indicadores siguientes:
A) INDICADORES FINANCIEROS:
CLASIFICACIÓN
INDICADOR
RESULTADO
Administración de Efectivo
Liquidez
Cuenta con liquidez para el pago de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
El pago de deuda en el ejercicio representó 11.01% del gasto total.
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera, la dependencia de recursos externos es de 88.29%.
Administración
Presupuestaria
Proporción del Gasto de Operación
El Gasto de Operación representó el 50% respecto del gasto total ejercido.
Realización de inversión en Obras Públicas con Recursos Propios del Municipio
El monto invertido en el Programa representa el 5.94% del gasto total ejercido, teniendo un nivel de inversión Aceptable en este programa.
Índice de Tendencias de Nómina
La Nómina presentó incremento de 28% respecto del ejercicio anterior.
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 63% del total del gasto de operación.
Resultado Financiero
Presenta un grado Aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos.
B) INDICADORES NO FINANCIEROS:
El Municipio de General Francisco R. Murguía, Zacatecas, cumplió en un 90.7% la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual, establecidas en la Normatividad Estatal y en cumplimiento de los principios de transparencia y legalidad.
INDICADORES DE OBRA PÚBLICA:
El cumplimiento del Programa Municipal de Obras, así como de los fondos III y IV, de acuerdo al monto autorizado y a la muestra revisada físicamente, obtuvo una puntuación aceptable de 9.8 en la ejecución de las obras, siendo positivo su desempeño en este renglón
El resultado de la auditoría derivó en la promoción de 24 acciones, de las que 16 fueron preventivas y 8 correctivas.
CONSIDERANDO PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, una vez que concluyó el plazo legal para la debida solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó el 20 de diciembre de 2007, el Informe Complementario de Auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
TIPO DE
ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
TIPO
Acciones
Correctivas
Solicitud de
Intervención del
Órgano Interno de
Control
2
0
2
Órgano Interno de Control
2
Solicitud de
Aclaración
3
2
1
Recomendación
1
Cantidad
TIPO
Acciones
Preventivas
Recomendación
16
0
16
Recomendación
16
TOTAL
21
2
19
19
CONSIDERANDO SEGUNDO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental generalmente aceptados, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
CONSIDERANDO TERCERO.- Seguimiento de Acciones:
Se instruye a la Auditoría Superior del Estado para que inicie ante las autoridades correspondientes, la promoción para el FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de las Acciones a Promover 05-26-009, 05-26-015, 05-26-018 a los CC. Profr. Ulises Ferniza Montes, Profr. Sotero Martínez Reyes y Profr. Herón Santos Balderas, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Síndico y Tesorero por:
a) Efectuar préstamos personales y no atender la recomendación 04-26-009 realizada al ejercicio anterior.
b) Obtener financiamiento que constituye Deuda Pública con el Gobierno del Estado por $1'600,000.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), para el pago de aguinaldos y prestaciones de fin de año, sin contar con la autorización de la Legislatura del Estado y no haber atendido la recomendación 04-26-11 realizada al ejercicio anterior.
c) No presentar la plantilla de personal ni el tabulador de sueldos al H. Ayuntamiento, en especial de los maestros comisionados para su autorización y no atender la recomendación 04-26-007 efectuada al ejercicio anterior.
CONSIDERANDO CUARTO.- Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron analizadas por esta Soberanía Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2005 del Municipio de General Francisco R. Murguía, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de ingreso, administración y gasto, obras y servicios públicos relativos a la Cuenta Pública del Municipio de General Francisco R. Murguía, Zacatecas del ejercicio fiscal 2005.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que emita PLIEGOS DEFINITIVOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, en los términos señalados en el considerando tercero del presente Decreto, del cual deberá informar con oportunidad a la Legislatura del Estado, para los efectos de su competencia constitucional.
TERCERO.- La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los catorce días del mes de octubre del año dos mil ocho.
PRESIDENTE
DIP. FELICIANO MONREAL SOLÍS
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP. FRANCISCO ESCOBEDO VILLEGAS
DIP. AVELARDO MORALES RIVAS
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