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Solicitud que formuló el Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, para enajenar un bien inmueble bajo la modalidad de donación con superficie de 10,000.00 M², a favor de “Servicios de Salud de Zacatecas”. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 124
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
RESULTANDO PRIMERO.- En fecha 13 de Junio del año próximo pasado, se recibió en esta Legislatura, oficio número 180/2007 suscrito por el Secretario General de Gobierno y el Coordinador General Jurídico, por el que, en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 133 fracción II y 145 apartado B de la Constitución Política Local, 22 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 10 fracciones I y XII, 24 fracción IV y 34 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 1, 2, 4 fracción I, 5 fracción II, 8 fracción VI, 27, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; 28, 41, 50 fracción I, 56 y 74 de la Ley Orgánica del Municipio; 6 fracciones II y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno y 6 fracción XI del Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica, remitieron a esta Asamblea Popular solicitud que formuló el Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, para enajenar un bien inmueble bajo la modalidad de donación con superficie de 10,000.00 M², a favor de “Servicios de Salud de Zacatecas”.
RESULTANDO SEGUNDO.- A través del memorándum número 3450 de fecha 14 de Junio de 2007, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 132 fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, luego de su primera lectura de la misma fecha, el asunto fue turnado a la Comisión Legislativa Segunda de Hacienda, dejando a nuestra disposición el expediente relativo para su análisis y dictamen.
RESULTANDO TERCERO.-El Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, adjuntó a su expediente la siguiente documentación:
1.Oficio número 130 de fecha 24 de Mayo de 2007, expedido por el Presidente del Ayuntamiento en el que remiten a la Titular de Ejecutivo expediente de solicitud de enajenación de un bien inmueble a favor de los Servicios de Salud de Zacatecas, para que a su vez lo envíe ante esta Asamblea Popular para su autorización;
2.Oficio número 029 expedido por el Presidente Municipal de Calera, Zacatecas, en el que expone que el motivo por el cual, los Servicios de Salud de Zacatecas solicitan el predio, es la construcción de un Hospital Comunitario en el Municipio de Calera, Zacatecas;
3.Copia del convenio de colaboración celebrado en fecha 3 de Septiembre del 2003, para la construcción de un hospital comunitario en Calera, Zacatecas, celebrado por el organismo descentralizado denominado Servicios de Salud de Zacatecas, representado por su Director General, la Secretaría de Finanzas, representada por su Titular y el Municipio de Calera, Zacatecas, representado por el Presidente y Síndico municipales;
4.Avalúo comercial del predio en cuestión, expedido por el Arquitecto Roberto René Pérez Hernández, que asciende a la cantidad de $1’600,000.00 (un millón seiscientos mil pesos 00/100 m.n.);
5.Avalúo catastral del predio, que haciende a la cantidad de $900,000.00 (novecientos mil pesos 00/100 m.n.);
6.Plano del predio municipal;
7.Certificación de fecha 24 de enero de 2007, expedida por el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano del Municipio, en el sentido de que el predio que nos ocupa no tiene valor arqueológico, histórico o artístico que sea necesario preservar y no está destinado a un servicio público estatal y municipal;
8. Oficio numero 635 expedido por el Secretario General de Gobierno en el que certifica que, en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 11 de Abril de 2008, se ratificó por unanimidad de votos, la donación de un terreno municipal a favor de “Servicios de Salud de Zacatecas”;
9.Copia certificada del acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada en fecha 11 de Abril del presente año, en la que en su punto once del orden del día, se aprueba por mayoría de votos, la ratificación para donar un terreno del Municipio a favor de “Servicios de Salud de Zacatecas”;
10.Copia certificada del acta número once mil ochocientos veintitrés, volumen ciento sesenta y nueve, de fecha diecisiete de julio de 2008, en la que el Licenciado Manuel Fernando Chávez Raigoza, Notario Público número 33 del Estado, hace constar el contrato de compraventa que otorga por una parte, en calidad de vendedores, los señores Jesús Manuel y Francisco Javier Pérez Hernández, y en calidad de comprador, el Municipio de Calera de Víctor Rosales, Zacatecas, respecto de un predio ubicado en calle sin nombre de ese Municipio, con superficie de 1-00-00 hectárea. El título se encuentra inscrito bajo el número 23, folios 86-89 volumen 290, libro primero, sección primera, de fecha 14 de agosto de 2008.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 119 fracción XXI, 133 fracción II, 145 apartado B de la Constitución Política del Estado; 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio; 22 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 5 fracción II, 27, 28, 29 y 33 fracción II de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, es facultad de la Legislatura del Estado aprobar la enajenación y gravamen de bienes inmuebles propiedad del mismo.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- De conformidad con las constancias que obran en el expediente, se acredita que el predio ubicado en calle sin nombre, con superficie de 10,000.00 M² forma parte del patrimonio del municipio de Calera, Zacatecas, y tiene las siguientes medidas y colindancias: al Noreste mide 100.00 metros y linda con Presidencia Municipal; al Sureste mide 100.00 metros y linda con Municipio de Calera; al Suroeste mide 100.00 metros y linda con calle sin nombre y con propiedad de José Othon Caraza y, al Noroeste mide 100.00 metros y linda con propiedad de Francisco Javier y Jesús Manuel Pérez Hernández.
En razón de todo lo anterior, el Pleno de esta Soberanía Popular autoriza al Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, la enajenación en la modalidad de donación del predio cuya ubicación, medidas y colindancias han quedado descritas en este Instrumento Legislativo, para la construcción de un Hospital Comunitario en beneficio de la población.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Se autoriza al Ayuntamiento de Calera, Zacatecas a celebrar contrato de donación con “Servicios de Salud de Zacatecas”, respecto del predio descrito en este Instrumento Legislativo.
SEGUNDO.- La enajenación en calidad de donación que se autoriza y los plazos de ejecución del proyecto destino de la enajenación, deberán cumplirse en un plazo que no excederá de cinco años contados a partir de la vigencia de este Decreto. De no cumplirse en sus términos lo anterior, operará la reversión del predio, en favor del patrimonio del municipio. Así deberá estipularse en las operaciones contractuales que al respecto se celebren.
TERCERO.- Los impuestos, derechos y gastos que origine la enajenación, correrán por cuenta de la parte donataria.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los diecinueve días del mes de Septiembre del año dos mil ocho.
PRESIDENTA
DIP. ANGÉLICA NÁÑEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP.FRANCISCO DICK NEUFELD
DIP. ARTEMIO ULTRERAS CABRAL
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