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Solicitud para enajenar en la modalidad de permuta dos bienes inmuebles con superficie de 3404.07 M² y 214.56 M², respectivamente, a favor de Juan Muro Cuevas, por otro que fuera de su propiedad con superficie de 4073.32 M². - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 123
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
RESULTANDO PRIMERO.- Mediante oficio número 225/2007, recibido en esta Legislatura el día 11 de Julio del 2007, el Secretario General y el Coordinador General Jurídico del Gobierno del Estado, en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 133 fracción II y 145 apartado B de la Constitución Política Local; 22 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 19 y 20 de su Reglamento General; 10 fracciones I y XII, 24 fracción III y 34 fracción VIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 1, 2, 4 fracción I, 5 fracción II, 8 fracción VI, 27, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios; 28, 41, 50 fracción I, 56 y 74 de la Ley Orgánica del Municipio; 6 fracción II y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, y 6 fracción XI del Reglamento Interior de la Coordinación General Jurídica, remitieron a esta Legislatura expediente de solicitud que dirigió el Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, para enajenar en la modalidad de permuta dos bienes inmuebles con superficie de 3404.07 M2 y 214.56 M2, respectivamente, a favor de Juan Muro Cuevas, por otro que fuera de su propiedad con superficie de 4073.32 M2.
A través del memorándum número 3643 de fecha 17 de Julio del 2008, luego de su primera lectura en sesión de la misma fecha, el asunto fue turnado a la Comisión Legislativa Segunda de Hacienda para su análisis y dictamen.
RESULTANDO SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, adjuntó a su solicitud la siguiente documentación:
1.Oficio número 028, expedido por el Presidente Municipal en fecha 29 de Mayo del 2007, en el que solicita a la Gobernadora del Estado, Licenciada Amalia D. García Medina, inicie los trámites para enajenar dos bienes inmuebles de dominio privado municipal en calidad de permuta a favor del solicitante Juan Muro Cuevas, ya que le fue afectado otro de su propiedad para la construcción de una escuela primaria;
2.Copia certificada del acta número diez mil cuatrocientos catorce, volumen ciento cincuenta y ocho, de fecha 20 de Enero de 2005, mediante el cual, el Licenciado Jesús Fabián Torres Chávez, Notario Público número 38 del Estado, hace constar el contrato de donación que celebran por una parte como donante, el señor José Ramírez Mejía, y por la otra como donatario, el Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, respecto de un predio con superficie de 5372.85 M2, del que se desmembrarían los dos inmuebles que el Municipio daría en permuta. El acta se encuentra inscrita bajo el número 37, folios 130-132, volumen 217, libro primero, sección primera, de fecha 12 de Agosto de 2005;
3.Certificado número 156192 de fecha 4 de Diciembre de 2006, expedido por la Dirección de Catastro y Registro Público de Gobierno del Estado, en el sentido de que el inmueble propiedad del Municipio se encuentra libre de gravamen;
4.Avalúo comercial del inmueble municipal con superficie de 3,404.07 M2, por la cantidad de $1’361,628.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO PESOS 00/100 M.N.);
5.Avalúo catastral del inmueble referido por la cantidad de $748,895.40 (SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 40/100 M.N.);
6.Plano del predio de referencia;
7.Avalúo comercial del predio municipal con superficie de 214.56 M2, por la cantidad de $75,000.00 (SETENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.);
8.Avalúo catastral del predio mencionado, por la cantidad de $47,203.20 (CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS TRES PESOS 20/100 M.N.);
9.Plano del predio citado con anterioridad;
10.Copia del contrato privado de compraventa, de fecha 16 de Diciembre de 1947, en el que el Señor Tomás Muro vende, cede y transfiere en pleno dominio a favor de Juan Muro Cuevas un terreno con superficie de 10-00-00 hectáreas, de las que se desmembraría el predio con superficie de 4,073.32 M2 materia del presente instrumento. El contrato de encuentra registrado bajo el número 322, folio 163, volumen 28 de escrituras privadas, de fecha 14 de Agosto de 1970;
11.Certificado número 151522 de fecha 21 de Noviembre de 2007, expedido por la Dirección de Catastro y Registro Público de Gobierno del Estado, en el sentido de que el inmueble con superficie de 10-00-00 hectáreas a nombre de Juan Muro Cuevas, se encuentra libre de gravamen;
12.Avalúo comercial del inmueble con superficie de 4,073.32 M2, por la cantidad de $977,596.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.);
13.Avalúo catastral del predio en mención, por la cantidad de $896,130.40 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA PESOS 40/100 M.N.);
14.Plano del predio con superficie de 4,073.32 M2;
15.Certificado de fecha 29 de Mayo de 2007, expedido por el Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano, en el que informa que los predios propiedad del Municipio, no están ni estarán destinado al servicio público estatal o municipal, ni cuentan con valor arqueológico, histórico o artístico que sea necesario preservar;
16.Oficio número 122 fechado el 29 de Mayo de 2007, expedido por el Síndico del Municipio, en el que certifica que el adquirente Juan Muro Cuevas, no es familiar por consanguinidad hasta el cuarto grado, ni por afinidad hasta el segundo con alguno de los miembros del Ayuntamiento ni de los titulares de las Dependencias de Gobierno Municipal.
RESULTANDO TERCERO.- Una vez recibidos y analizados los documentos, la Comisión Dictaminadora solicitó, mediante oficio 027/2007 de fecha 1 de Octubre del 2007, a la Coordinación General Jurídica de Gobierno del Estado, el envió de los documentos necesarios por parte del Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, para tener por acreditados los requisitos establecidos en la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.
En fecha 29 de Agosto de 2008, se recibió en esta Legislatura copia certificada del siguiente documento:
Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, de fecha 14 de diciembre de 2007, en la que en su punto octavo del orden del día, se aprueba por mayoría de votos de los presentes, la ratificación de la permuta a favor del C. Juan Muro Cuevas, en virtud de la construcción de una Escuela Primaria en el Fraccionamiento Ampliación América.
CONSIDERANDO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 119 fracción XXI, 133 fracción II, 145 apartado B de la Constitución Política del Estado; 157 fracción II de la Ley Orgánica del Municipio; 22 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 5 fracción II, 27, 28 y 29 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios, es facultad de la Legislatura del Estado aprobar la enajenación y gravamen de bienes inmuebles del dominio privado de los municipios, máxime cuando los actos jurídicos tienen como fin último, la construcción de infraestructura educativa
CONSIDERANDO SEGUNDO.- De conformidad con las constancias que obran en el expediente, los predios involucrados en la permuta son los siguientes:
Predio municipal con superficie de 3,404.07 M2, ubicado en la Calle Cristóbal Colón, S/N, Fraccionamiento Ampliación América, en el Municipio de Calera, Zacatecas, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide 132.94 metros y linda con propiedad de Raúl Molina Chaparro, al Sur mide 132.74 metros y linda con Calle Cristóbal Colón, al Oriente mide 29.09 metros y linda con Calle Isabel La Católica, y al Poniente mide 22.71 metros y linda con escuela de nueva creación.
Predio municipal con superficie de 214.56 M2, ubicado en las calles Isabel La Católica, Cristóbal Colón y Belice, Fraccionamiento Ampliación América del Municipio de Calera, Zacatecas, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide 39.53 metros y linda con Calle Cristóbal Colón, al Oriente mide 6.06 metros y linda con Calle Isabel La Católica, al Sur mide 39.52 metros y linda con lotes 23 y 24, y al Poniente mide 5.09 metros y linda con Calle Belice.
Predio afectado, con superficie de 4,073.32 M2, ubicado en interior a la Calle Cristóbal Colón, Fraccionamiento Ampliación América, en el Municipio de Calera, Zacatecas, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte mide 62.97 metros y linda con propiedad de Juan Muro Cuevas, al Sur mide 48.78 metros y linda con área de donación, al Oriente mide 72.83 metros y linda con propiedad de Juan Muro Cuevas, y al Poniente mide 73.77 metros y linda con propiedad de Juan Muro Cuevas.
En razón de todo lo anterior, el Pleno de esta Asamblea Popular autoriza al Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, la enajenación en la modalidad de permuta de los predios cuya ubicación, medidas y colindancias han quedado descritas en este Instrumento Legislativo, en virtud de que el predio afectado al particular, será reservado para la construcción de una escuela primaria en el Fraccionamiento Ampliación América, lo que constituye un destino de beneficio social.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Se autoriza al Ayuntamiento de Calera, Zacatecas, a celebrar contrato de permuta con el C. Juan Muro Cuevas, respecto de los predios descritos en este Instrumento Legislativo.
SEGUNDO.- Los impuestos, derechos y gastos que origine la enajenación, correrán por cada una de las partes.
TRANSITORIOS
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
DADO en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los diecinueve días del mes de Septiembre del año dos mil ocho.
PRESIDENTA
DIP. ANGÉLICA NÁÑEZ RODRÍGUEZ
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP.FRANCISCO DICK NEUFELD
DIP. ARTEMIO ULTRERAS CABRAL
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