Iniciativa de Punto de Acuerdo para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal para que en coordinación con el Consejo Estatal d Desarrollo Rural Sustentable, se establezcan las normas operativas de los recursos de PROCAMPO. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
ACUERDO # 41
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS.
RESULTANDO PRIMERO.- En sesión ordinaria del Pleno correspondiente al día tres de abril del 2008, el Diputado ABELARDO MORALES RIVAS, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 65 fracción I de la Constitución local; 17, fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 97 fracción III y relativos del Reglamento General, presentaron al Pleno una Iniciativa de Punto de Acuerdo para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo Federal para que en coordinación con el Consejo Estatal d Desarrollo Rural Sustentable, se establezcan las normas operativas de los recursos de PROCAMPO.
RESULTANDO SEGUNDO.- En sesión ordinaria del Pleno correspondiente al día ocho de abril del presente año, fue sometido a discusión y aprobación en su caso, el presente Punto de Acuerdo, siendo aprobado con la modificación propuesta por el Ciudadano Diputado Feliciano Monreal Solís, que una vez aprobada por el Pleno, pasa a formar parte del presente instrumento legislativo, en el resolutivo Único.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Procampo surgió como un Decreto presidencial y comenzó a operar en 1994, al tiempo que inició la operación del Tratado de Libre Comercio de América de Norte (TLCAN). La duración prevista entonces era de 15 años. Su objetivo era dar un apoyo por hectárea para compensar a los productores de granos básicos y oleaginosas frente a la eliminación de precios de garantía y dada la apertura comercial, la cual induciría a la baja de los precios de los cultivos.
El programa tiene la virtud de dar cobertura a campesinos que antes no recibían ningún recurso por programas. Procampo y Oportunidades son los únicos de penetración amplia en las zonas marginadas del medio rural.
Los beneficiarios del Procampo representan 40 por ciento del total de los agricultores de México y puede afirmarse que es el programa de fomento productivo de mayor cobertura y mejor distribución en el medio rural. Del presupuesto total de la SAGARPA, el Procampo es el programa con mayores montos.
A pesar de todo esto, la vigencia del programa llega a su fin en 2008, por lo que fue anunciado por el Gobierno Federal el nuevo Procampo, que modificará sus reglas de operación y entrará en vigor a partir del año próximo.
Dentro de las modificaciones que se instrumentan, se encuentra una orientada a depurar a una parte importante de sus beneficiarios y trasladarlos a otro tipo de programas de carácter asistencial como el de Oportunidades. El objetivo es que los productores en pequeña escala dejen de aparecer en el padrón de beneficiarios, desligados de la productividad agrícola y con objetivos sociales.
Con ésto, sólo se preservaría dentro del Procampo a los agricultores medianos y grandes, caracterizados como “comerciales” y, desde el punto de vista del Gobierno Federal, los únicos en condición de atender el reto de la competencia internacional. Esta situación podría generar las siguientes consecuencias:
Si se trasladan a los campesinos de pequeña escala del Procampo a Oportunidades, podría generarse un conflicto entre aquellos sujetos que hoy sólo reciben Oportunidades y los que ya reciben el recurso de Procampo;
Al relegar a los pequeños agricultores al programa Oportunidades, se les está sacando de la esfera productiva, dejando sin empleo a millones de campesinos y en la pobreza a sus familias, debido a que dependen al 100% de las actividades agrícolas.
Además, estos problemas habrán de empeorarse por la desgravación total de los productos agropecuarios contemplada en el TLCAN, que ya inició este año.
En este sentido, el Pleno manifiesta su desaprobación a esta estrategia implementada por el Gobierno Federal, que en los hechos representa un ataque a un sector muy importante del campo.
Considera además que una medida de este tipo, no puede ser implementada de una manera unilateral por la autoridad Federal. Se requiere la participación de las autoridades Estatales en la materia para incidir en su ámbito de competencia. Esto fortalecería el pacto federal.
Por tal motivo, se propone que sea el Consejo Estatal de Desarrollo Rural, en coordinación con la autoridad Federal y en el ámbito de su competencia, quien formule las bases operativas del Procampo.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento además en los artículos 105 y relativos del Reglamento General del Poder Legislativo del Estado, es de acordarse y se acuerda:
ÚNICO.- La H. LIX Legislatura del Estado Libre y Soberano de Zacatecas,exhorta al Ejecutivo Federal, para que instruya a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para que en coordinación con el Consejo Estatal de Desarrollo Rural Sustentable en Zacatecas, establezca las normas operativas de los recursos del Procampo en la Entidad para el próximo año; y se incluya a los productores que han quedado excluidos de dicho programa dentro de éstas reglas de operación.
Dado en la Sala de Sesiones de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a ocho de abril del año dos mil ocho.
PRESIDENTE
DIP. UBALDO ÁVILA ÁVILA
SECRETARIO
DIP. CLEMENTE VELÁZQUEZ MEDELLÍN
SECRETARIO
DIP. FÉLIX VÁZQUEZ ACUÑA
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