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Cuenta Pública del Municipio de Moyahua de Estrada, Zacatecas, correspondiente al ejercicio fiscal 2005. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 103
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
RESULTANDO PRIMERO.- El H. Ayuntamiento Municipal de Moyahua de Estrada, Zacatecas, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio, presentó en tiempo y forma a la Honorable Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2005 y fue turnada por la Comisión de Vigilancia a la Auditoría Superior del Estado el día 03 de abril de 2006, a fin de que procediera a la revisión operativa y remitiera a esta Asamblea Legislativa el Informe de Resultados.
RESULTANDO SEGUNDO.-En fecha 4 de agosto de 2006, la Auditoría Superior, hizo llegar a la Honorable Legislatura, el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública de Moyahua de Estrada, del Ejercicio Fiscal 2005.
El Informe contiene el proceso de revisión al detalle, la fiscalización a la gestión financiera con los conceptos de Ingresos por un monto total de $ 23'567,409.71 (VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NUEVE PESOS 71/100 M.N.), que se integran por 67.27% de Ingresos Propios y Participaciones; 17.49% de Otros Programas y Ramo 20 y 15.24% de Aportaciones Federales del Ramo 33.
La fiscalización incluyó a los Egresos por un monto de $22'860,967.56 (VEINTIDÓS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 56/100 M.N.), por los conceptos de Gasto Corriente, Deuda Publica, Obra Pública, Otros Programas y Ramos 20 y 33.
RESULTADO DEL EJERCICIO
El Municipio registró como resultado del ejercicio 2005 un Superávit por el orden de $706,442.15 (SETECIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS 15/100 M.N.), en virtud de que sus Ingresos fueron mayores que sus Egresos.
RESULTANDO TERCERO.- La auditoría al Municipio de Moyahua de Estrada, Zacatecas, no omitió la revisión a la actualización del patrimonio del Municipio, el rubro de deuda pública y la fiscalización a la obra pública, desprendiéndose lo siguiente:
1.El Municipio presentó modificación a los presupuestos de ingresos y egresos, contenida en acta de cabildo número 21 de sesión ordinaria del 31 de octubre de 2005.
2.El Municipio presentó un saldo en bancos de $1'296,206.30 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SEIS PESOS 30/100 M.N.), en 4 cuentas bancarias.
3.El Municipio recaudó y recibió 12.52% más de lo presupuestado, paralelamente existió un sobre ejercicio en el presupuesto de Egresos del 9.15%, registrando desfases en las cuentas de Ramo 20, Otros Programas y Ayudas, Subsidios y Transferencias, considerándose conveniente para las finanzas municipales que el sobre ejercicio en los egresos es inferior al excedente recibido y recaudado en los Ingresos.
4.En el rubro de Deudores Diversos se observó un incremento del 72.16% respecto del ejercicio anterior, además de que no se cuenta con soporte documental que permitan su recuperación.
5.El monto presupuestado y ejercido del Programa Municipal de Obras fue de $3'249,318.02 (TRES MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO PESOS 02/100 M.N.), habiéndose ejercido el 93% del importe programado.
De 38 obras programadas se reportaron terminadas 30, siendo la mayoría de ellas de mantenimientos.
RESULTANDO CUARTO.- A fin de evaluar el cumplimiento de metas y objetivos programados, conocer el grado de cumplimiento de la normatividad vigente, y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos financieros y materiales, se establecieron los siguientes indicadores de Evaluación al Desempeño.
A) INDICADORES FINANCIEROS:
Clasificación
Indicador
Resultado
Administración de Efectivo
Liquidez
Cuenta con liquidez para el pago de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Carga de la Deuda
El pago de deuda en el ejercicio representó solo 0.01% del gasto total
Solvencia
Cuenta con un nivel aceptable para cumplir con sus obligaciones a largo plazo
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 90.82%.
Administración
Presupuestaria
Proporción del Gasto de Operación
El Gasto de Operación representó el 46% respecto del gasto total ejercido
Realización de Inversiones, Servicios y Beneficio Social
Cuenta con un nivel no aceptable de inversión en los rubros mencionados.
Realización de inversiones en Obras Públicas con Recursos Propios del Municipio
El monto invertido en el Programa Municipal de Obras representa el 13.64% del gasto ejercido, teniendo un nivel de inversión positivo en este programa.
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó decremento del 6% respecto del ejercicio anterior
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 70% del total del gasto de operación
Resultado Financiero
Presenta un grado positivo de equilibrio financiero en la administración de sus recursos
B) INDICADORES NO FINANCIEROS:
El Municipio de Moyahua de Estrada cumplió en forma aceptable en un 89.20 por ciento la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior y Orgánica del Municipio.
ALCANCE DE LA REVISIÓN:
Concepto Revisado
Porcentaje de Revisión
Ingresos
92.31 %
Egresos
30.35 %
Obra Pública
31.15 %
Aportaciones Federales Ramo 33
100.00 %
El resultado de la auditoría derivó en la promoción de 10 acciones, de las que 5 fueron preventivas y 5 correctivas.
El Informe de Resultados contiene el señalamiento del plazo legal para que las autoridades municipales solventaran las observaciones determinadas.
RESULTANDO QUINTO.- Concluido el plazo legal otorgado por la Ley de Fiscalización Superior del Estado, el Órgano de Fiscalización Superior presentó el 12 de octubre de 2007, Informe Complementario derivado del plazo de solventación de la revisión de la Cuenta Pública del mencionado Municipio
RESULTANDO SEXTO.- Recibido para su trámite Constitucional, se turnó a las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, las que procedieron al análisis de los procedimientos de auditoría, así como de la correcta observancia y aplicación de la normatividad aplicables y la justificación o subsistencia de las observaciones, obteniendo como consecuencia el siguiente resumen.
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
TIPO
Acciones Correctivas
Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control
3
3
Órgano Interno de Control
Subtotal
3
3
0
0
Acciones Preventivas
Recomendación
5
1
4
Recomendación
4
TOTAL
8
4
4
4
SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES:
1.- La Auditoría Superior del Estado solicitará la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de implementar medidas correctivas y preventivas, así como el establecimiento de sistemas de control eficaces, con el propósito de que los recursos públicos se administren con honradez.
2.- La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes, la promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa resultado de la Acción a Promover 05-33-010 al C. Dr. Pedro Haro Tello quien se desempeñó como Presidente Municipal en el ejercicio sujeto a revisión, por no afiliar al régimen de Seguridad Social a trabajadores del municipio y no atender la recomendación 04-33-026 emitida con anterioridad por la Auditoría Superior del Estado.
3.- En el mismo sentido, la promoción para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa resultado de la Acción a Promover 05-33-004 al C. Profr. Miguel Ángel Reynoso Reynoso, quien se desempeñó como Tesorero Municipal en el lapso revisado por autorizar préstamos que no cuentan con documentos mercantiles que permitan su recuperación y no atender la recomendación anteriormente emitida por el Órgano de Fiscalización Superior.
FUNDAMENTO LEGAL
I.- La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, define en el artículo 115 la facultad de las Legislaturas de los Estados para aprobar las Leyes de Ingresos de los municipios y revisar sus Cuentas Públicas.
II.- La Constitución Política del Estado de Zacatecas otorga a la Legislatura, en su artículo 65, como una facultad y obligación, la de revisar y resolver sobre las cuentas públicas del Gobierno Estatal, de los Municipios y de sus entes públicos paraestatales y paramunicipales, correspondientes al año anterior y verificar los resultados de su gestión financiera, así como el cumplimiento de las metas fijadas en los programas y proyectos de los respectivos presupuestos de egresos.
III.- En correlación alas disposiciones Constitucionales, la Ley Orgánica del Poder Legislativo, concede a la Legislatura del Estado, la facultad de revisar la Cuenta Pública de los Ayuntamientos, verificar los resultados de su gestión financiera y el cumplimiento de las metas fijadas en los presupuestos de egresos.
CONSIDERANDO ÚNICO.- La responsabilidad del Poder Legislativo de conformidad con el marco normativo señalado en el apartado anterior, es intransferible, de tal manera que al emitir como Colectivo Plural y Democrático una resolución, apoyada en los informes técnicos del Órgano de Fiscalización Superior, determina si es procedente o no la aprobación de una Cuenta Pública y los movimientos financieros correspondientes.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el resultando sexto de este Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros correspondientes a la Cuenta Pública del Municipio de Moyahua de Estrada, Zacatecas del ejercicio fiscal 2005.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que emita PLIEGOS DEFINITIVOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS en los términos señalados en el apartado de seguimiento de acciones del presente Instrumento Legislativo, de los que deberá dar puntual seguimiento e informar a esta Soberanía Popular, para los efectos de su competencia Constitucional.
TERCERO.- La aprobación de la Cuenta Pública del Municipio de Moyahua de Estrada, del ejercicio fiscal 2005, deja a salvo los derechos y responsabilidades que competa ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros propios y/o federales, así como a los no considerados en la revisión aleatoria practicada a la Cuenta Pública del señalado ejercicio fiscal.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil ocho.
PRESIDENTA
DIP. EMMA LISSET LÓPEZ MURILLO
SECRETARIO
SECRETARIO
DIP. CLEMENTE VELÁZQUEZ MEDELLÍN
DIP. FÉLIX VÁZQUEZ ACUÑA
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