Cuenta Pública del Municipio de Momax, Zacatecas, correspondiente al ejercicio fiscal 2005. - LIX Legislatura (Sep 2007 - Sep 2010)
DECRETO # 106
LA HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
RESULTANDO PRIMERO.- En cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 9 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 49 fracción XVI de la Ley Orgánica del Municipio, el H. Ayuntamiento Municipal de Momax, Zacatecas, presentó en tiempo y forma a la LVIII Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2005 y fue turnada por conducto de la Comisión de Vigilancia a la Auditoría Superior del Estado el día 31 de marzo de 2006, a fin de que procediera a la revisión operativa y remitiera a esta Asamblea Legislativa el Informe de Resultados procedente.
RESULTANDO SEGUNDO.- La Auditoría Superior del Estado, en fecha 16 de noviembre de 2006, hizo llegar a la Legislatura, el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública del Municipio de Momax, Zacatecas, del señalado ejercicio fiscal.
El Informe de Resultados, contiene la auditoría a la gestión financiera con los conceptos de Ingresos por un monto total de $ 13'204,109.86 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL CIENTO NUEVE PESOS 86/100 M.N.), obtenidos en los conceptos de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública; Aportaciones Federales del Ramo 33 y Otros Programas.
De igual manera, la revisión incluye el rubro de Egresos con el presupuesto ejercido por un monto de $13'356,271.97 (TRECE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN PESOS 97/100 M.N.), rubro en el que no se encontraron observaciones relevantes que mencionar.
RESULTADO DEL EJERCICIO:
El Municipio registró como resultado del ejercicio 2005 un déficit por el orden de $152,162.11 (CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS PESOS 11/100 M.N.), derivado principalmente por la contratación de pasivos durante el ejercicio.
RESULTANDO TERCERO.- La fiscalización al Municipio de Momax, Zacatecas, incluyó el rubro de Deuda Pública contratada, el Patrimonio del Municipio y la revisión a la Obra Pública, desprendiéndose lo siguiente:
1.El Municipio no presentó saldo en Deudores diversos al cierre del ejercicio.
2.El Municipio presentó aumento en sus pasivos por el orden de 41.36% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, debido al incremento de compromisos con proveedores por el orden de $274,681.59 (DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 59/100 M.N.).
3.En lo referente a Deuda Pública, el Municipio solicitó dos préstamos de $400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), cada uno en los meses de mayo y diciembre. El primero de ellos se pagó en el mismo ejercicio, por lo que no se considera Deuda Pública. Del préstamo solicitado a la Secretaría de Finanzas en el mes de diciembre, no exhibió documento de autorización de la Legislatura del Estado, no obstante, se comprobó apego al porcentaje establecido para endeudamientos en la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Zacatecas.
4.El Municipio presentó su Plan de Desarrollo Municipal para el trienio 2004-2007, y el Programa Operativo Anual para el ejercicio 2005.
5.El monto aprobado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $850,000.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), teniendo sub ejercicio del 39.77% de los recursos programados, habiéndose ejecutado las 12 obras programadas, por lo que se observó cumplimiento en su ejecución.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO:
Se establecieron indicadores para evaluar el cumplimiento de metas y objetivos programados, conocer el grado de cumplimiento de la normatividad vigente, y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizan los recursos humanos, financieros y materiales.
INDICADORES FINANCIEROS:
Clasificación
Indicador
Resultado
Administración de Efectivo
Liquidez
No cuenta con liquidez para el pago de sus obligaciones a corto plazo.
Administración de Pasivo
Solvencia
Cuenta con un nivel positivo para cumplir con sus obligaciones a largo plazo
Administración de Ingresos
Autonomía Financiera
Carece de autonomía financiera. Su dependencia de recursos externos es de 90.07 %.
Administración
Presupuestaria
Autonomía Financiera para cubrir Gasto Corriente
Con recursos propios se cubre el 17.52% de gasto corriente, presentando nivel no aceptable.
Proporción del Gasto de Operación
El Gasto de Operación representó el 56% respecto del gasto total ejercido
Realización de inversiones en Obras Públicas con recursos propios del Municipio
El monto invertido en el Programa Municipal de Obras representa el 3.83% del gasto total ejercido, teniendo un nivel de inversión no aceptable en este programa.
Índice de Tendencias de Nómina
La nómina presentó incremento del 18% respecto del ejercicio anterior
Proporción de Gasto en nómina sobre Gasto de Operación
El gasto en nómina representó el 72% del total del gasto de operación
Resultado Financiero
Presenta un grado no aceptable de equilibrio financiero en la administración de sus recursos
B) INDICADORES NO FINANCIEROS:
El Municipio de Momax cumplió en forma aceptable en un 95.10% la entrega de documentación Presupuestal, Comprobatoria, Contable Financiera, de Obra Pública, y de Cuenta Pública Anual que dispone la Constitución Política del Estado y las Leyes de Fiscalización Superior y Orgánica del Municipio.
ALCANCE DE LA REVISIÓN:
Concepto Revisado
Porcentaje de Revisión
Ingresos
90.68 %
Egresos
43.43 %
Obra Pública
89.10 %
El resultado de la auditoría derivó en la promoción de 11 acciones, de las que 5 fueron preventivas y 6 correctivas.
RESULTANDO CUARTO.- Concluido el plazo legal otorgado de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado, la Auditoría Superior presentó mediante oficio número 2663/2007 de fecha 12 de octubre de 2007, Informe Complementario derivado del plazo de solventación de la revisión de la Cuenta Pública del Municipio de Momax, Zacatecas.
RESULTANDO QUINTO.- Recibido para su trámite Constitucional, se turnó a las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, las que procedieron al análisis de los procedimientos de auditoría, así como la correcta observancia y aplicación de la normatividad aplicables y la justificación de las observaciones formuladas, obteniendo como consecuencia el resumen siguiente:
TIPO DE ACCIÓN
DETERMINADAS EN REVISIÓN
SOLVENTADAS
DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN
SUBSISTENTES
Cantidad
TIPO
Acciones
Correctivas
Pliego de
Observaciones
1
1
0
0
Solicitud de
Intervención del
Órgano Interno de
Control
3
0
3
Órgano Interno de Control
3
Acciones
Preventivas
Recomendación
5
1
4
Recomendación
4
TOTAL
9
2
7
7
SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES:
1.- La Auditoría Superior del Estado solicitará la atención de las autoridades municipales con el propósito de implementar medidas correctivas y preventivas, así como el establecimiento de sistemas de control y de supervisión eficaces, para lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia y honradez, en cumplimiento de los objetivos de su destino.
2.- La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes, la promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas resultadas de la Acción a Promover número 05-30-002 al Dr. Joel Miramontes Luna y C. Francisco Javier Arriaga Pérez, quienes se desempeñaron como Presidente y Síndico Municipales en el ejercicio revisado, por obtener financiamiento que constituye Deuda Pública por un monto de $400,000,00 (CUATROCIENTOS MIL PESOS 007100 M.N.), sin obtener la autorización de la Legislatura del Estado, y no atender la recomendación de la Auditoría Superior al ejercicio anterior, relativa al cumplimiento de la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Zacatecas.
3.-La promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas resultadas de la Acción a Promover número05-30-008, a los CC. Dr. Joel Miramontes Luna y LAE Juan Álvarez Romero, quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por:
Ejecutar la obra “Cambio de tres líneas de conducción de agua potable en el Barrio Atotonilco”, sin llevar a cabo el procedimiento de licitación establecido en la normatividad aplicable, incumpliendo las obligaciones inherentes a sus cargos, previstas en los artículos 3, 26 y 30 de la Ley de Obras Públicas para el Estado de Zacatecas; 23 del Presupuesto de Egresos del Estado; 46 fracción II de la Ley Coordinación Fiscal, y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.
FUNDAMENTO LEGAL
I.-La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en el artículo 115 que cada municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, que manejarán su patrimonio conforme a la Ley, y define con claridad la facultad de las Legislaturas de los Estados para revisar sus Cuentas Públicas.
II.- La Constitución Política del Estado de Zacatecas otorga a la Legislatura en el artículo 65, la facultad de revisar y resolver sobre las cuentas públicas del Gobierno Estatal y de los Municipios, y verificar los resultados de su gestión y el cumplimiento de las metas fijadas en los programas operativos y presupuestos de egresos.
III.-La Fracción IV del Artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, concede a esta Asamblea Popular, en analogía a las disposiciones Constitucionales, la facultad de revisar la Cuenta Pública de los ayuntamientos y verificar los resultados de su gestión financiera.
CONSIDERANDO PRIMERO.- La responsabilidad del Poder Legislativo en este sentido, es intransferible de acuerdo con el mandato Constitucional; de tal manera que al emitir como Colectivo Plural y Democrático una resolución apoyada en los Informes de Resultados de la Cuenta Pública de la Auditoría Superior, determina si es procedente o no aprobar una Cuenta Pública, y los movimientos financieros de ingreso, gasto y obra pública.
CONSIDERANDO SEGUNDO.- En el caso del Municipio de Momax, Zacatecas, las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron razonadas por esta Asamblea Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2005.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140, y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el resultando quinto del presente Instrumento, SE APRUBAN los movimientos financieros de Ingreso, Administración y Gasto, correspondientes a la Cuenta Pública del Municipio de Momax, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2005.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que emita PLIEGOS DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, en los términos señalados en el apartado de seguimiento de acciones del presente Decreto, del cual deberá dar puntual seguimiento e informar con oportunidad a la Legislatura del Estado para los efectos de su competencia Constitucional.
TERCERO.- La aprobación de la Cuenta Pública del Municipio de Momax, relativa al ejercicio fiscal 2005, deja a salvo los derechos y responsabilidades que competa ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y a otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros federales, así como de aquellos –propios y/o transferidos- no considerados en la revisión aleatoria practicada a la Cuenta Pública del señalado ejercicio fiscal.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Quincuagésima Novena Legislatura del Estado, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil ocho.
PRESIDENTA
DIP. SILVIA RODRÍGUEZ RUVALCABA
SECRETARIO
SECRETARIA
DIP. FELICIANO MONREAL SOLÍS
DIP. ANGÉLICA NAÑEZ RODRÍGUEZ
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