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DECRETO # 393
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA
I.- La Legislatura del Estado es competente para conocer y realizar el análisis de los movimientos financieros del municipio, y, en su caso, aprobar el manejo apropiado de los recursos ejercidos, con soporte jurídico en lo establecido en la fracción IV del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; XXXI del artículo 65 de la Constitución Política del Estado, en relación con las fracciones III del artículo 17 y IV del artículo 22 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
II.- La Ley de Fiscalización Superior del Estado, reglamentaria del artículo 71 de la Constitución Política del Estado, regula las funciones del Órgano de Fiscalización y los procedimientos de revisión de las cuentas públicas municipales. Este conjunto normativo, en afinidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica del Municipio, le otorga facultades para llevar a cabo la señalada revisión y es, también, la base jurídica para emprender las acciones procedentes.
RESULTANDO PRIMERO.- Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda tuvieron a la vista tres diferentes documentos técnicos, emitidos por la Auditoría Superior del Estado:
I.- Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal de Villa de Cos, Zacatecas, del ejercicio 2009;
II.- Informe Complementario, derivado del plazo de solventación concedido y del seguimiento de las acciones promovidas, y
III.- Expediente de solventación, solicitado de manera complementaria por las Comisiones Legislativas autoras del dictamen.
De su contenido resaltan los siguientes elementos:
a).-La Auditoría Superior del Estado recibió por conducto de la Comisión de Vigilancia de la LIX Legislatura del Estado, la Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2009 del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, el día 2 de marzo de 2010, que fue presentada en tiempo y forma legales.
b).-Con la información presentada por el Municipio, referente a la situación que guardan los Caudales Públicos, se llevaron a cabo trabajos de auditoría, a fin de evaluar su apego a la normatividad y a su correcta aplicación, cuyos efectos fueron incorporados en el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, que el Órgano de Fiscalización hizo llegar a la Legislatura del Estado, el 23 de julio de 2010, en oficio PL-02-01-1418/2010.
INGRESOS.- Los obtenidos durante el ejercicio fueron por $130’033,362.26 (CIENTO TREINTA MILLONES TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 26/100 M.N.), que se integran por el 45.74% de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública, 24.40% de Aportaciones Federales del Ramo 33 y 29.86% de Otros Programas; con un alcance de revisión de 74.55%.
EGRESOS.- Fueron ejercidos recursos por $136’302,999.40(CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS 40/100 M.N.), de los que se destinó 34.77% para Gasto Corriente y Deuda Pública, 8.49% para Obra Pública, 22.55% de Aportaciones Federales Ramo 33 y 34.19% para Otros Programas; con un alcance de revisión de 45.76%.
RESULTADO DEL EJERCICIO.- El Municipio obtuvo como resultado del ejercicio fiscal 2009, un Déficit, por $6’269,637.14 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 14/100 M.N.), en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia en Caja y Bancos al inicio del ejercicio y pasivos contratados durante el mismo.
CUENTAS DE BALANCE:
BANCOS.- El saldo en Bancos al 31 de diciembre de 2009, fue por $3’221,783.56(TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTIÚN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS 56/100 M.N.), integrado en 13 cuentas bancarias a nombre del municipio.
DEUDORES DIVERSOS.- El saldo de este rubro al 31 de diciembre de 2009, fue por $3’819,374.49 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 49/100 M.N.), el cual se integra por el 10.11% de Préstamos a Empleados, 14.16% de Deudores, el 70.50% de Otros Deudores y 5.23% a Gastos por Comprobar.
ANTICIPO A PROVEEDORES.- El saldo de Anticipo a Proveedores al 31 de diciembre de 2009, fue por $62,106.25 (SESENTA Y DOS MIL CIENTO SEIS PESOS 25/100 M.N.), mismo que representa un decremento del 94.48% con relación al cierre del ejercicio anterior.
ACTIVO FIJO.- El saldo del Activo Fijo al 31 de diciembre de 2009, fue por $32’703,685.05 (TREINTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS 05/100 M.N.). Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por $6’937,586.30 (SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 30/100 M.N.), de las cuales 6.04% se realizaron con Recursos Propios, 6.90% de Recursos Federales y 87.06% con Recursos de Otros Programas.
IMPUESTOS PAGADOS POR ANTICIPADO.- El saldo de Impuestos pagados por anticipado al 31 de diciembre de 2009, fue por $118,166.41 (CIENTO DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS PESOS 41/100 M.N.), en la cuenta Crédito al Salario.
DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS.- El saldo de los adeudos del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2009, fueron por $8’914,629.47 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE PESOS 47/100 M.N.), mismo que representa una disminución del 15.46% respecto al monto registrado al cierre del ejercicio anterior; además de que se integra por Deuda Pública a Corto Plazo en un 51.30%, Proveedores en 7.20%, Acreedores Diversos 16.69%, Impuestos y Retenciones por Pagar 18.70% y Deuda Pública a Largo Plazo 6.11%.
PROGRAMAS FEDERALES, RAMO GENERAL 33.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal -Fondo III-, fue por $19’936,982.00 (DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS 00/100 M.N.) distribuido de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras, 3.00% para Gastos Indirectos y 2.00% para Desarrollo Institucional. Al 31 de diciembre del 2009 los recursos fueron aplicados en 91.47% y revisado documentalmente la totalidad de lo ejercido; además de los recursos ya mencionados en el 2009 se recibió el importe de $24,034.00 (Veinticuatro mil treinta y cuatro pesos 00/100 M.N.) derivado de Rendimientos del ejercicio anterior.
El presupuesto asignado al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal -Fondo IV-, fue por el orden de $11’757,196.00 (ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.), distribuido de la siguiente manera: 45.19% en Obligaciones Financieras, 25.52% en Seguridad Pública, 8.06% Infraestructura Básica de Obras, 15.44% de Infraestructura Básica de Acciones y 5.79% en Adquisiciones. El ejercicio de los recursos se realizó en 97.19% al 31 de diciembre del 2009, revisándose documentalmente la totalidad de lo ejercido; además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos del ejercicio anterior por el orden de $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 M.N.).
RAMO 20
PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES.- Se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $5’073,348.00 (CINCO MILLONES SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS 00/100 M.N.), correspondiente a tres obras que constituyen la muestra de revisión, aprobadas en los rubros de Urbanización e Infraestructura Básica Educativa. La aplicación de los recursos se realizó en 99.36% al 31 de diciembre de 2009 y se revisó documentalmente el total de lo ejercido.
RAMO 23
FONREGION.- Del Programa Fonregión se revisaron documentalmente recursos por un monto de $9’506,486.78 (NUEVE MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 78/100 M.N) correspondiente a la muestra de diez obras, aprobadas a través del rubro de Urbanización Municipal. La aplicación de los recursos y la revisión documental se realizó en su totalidad.
PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRA.- El monto autorizado para la ejecución del Programa Municipal de Obras fue de $12’104,335.15 (DOCE MILLONES CIENTO CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS 15/100 M.N.), de los que se ejerció el 96.71%, así mismo las 15 obras programadas se ejecutaron en su totalidad, observándose cumplimiento en su ejecución.
EVALUACIÓN AL DESEMPEÑO.- Los indicadores de Evaluación al Desempeño que permiten conocer metas y objetivos programados, el grado de cumplimiento de la normatividad vigente y determinar el grado de eficiencia y eficacia con que se utilizaron los recursos humanos, financieros y materiales, tuvieron los siguientes resultados:
I) INDICADORES FINANCIEROS
II) INDICADORES DE PROGRAMAS FEDERALES Y OTROS PROGRAMAS
a) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FONDO III)
1) El Municipio no presentó información.
b) Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios (FONDO IV)
2) Por parte del municipio no fue presentada información.
c) Programa Municipal de Obras
d) Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal-Obras
e) Programa 3X1 para Migrantes
f) Fonregión
g) Servicios Públicos
III) INDICADORES DE CUMPLIMIENTO
El Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, cumplió en 89.50% la entrega de documentación presupuestal, comprobatoria, contable financiera, de obra pública, y de cuenta pública anual que establecen la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
RESULTANDO SEGUNDO.- Una vez que concluyó el plazo legal establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado, para la solventación de las observaciones, la Auditoría Superior presentó a esta Legislatura, en oficio PL-02-05/541/2011 el día 28 de marzo de 2011, Informe Complementario de auditoría, obteniendo el siguiente resultado:
RESULTANDO TERCERO.- El estudio se realizó con base en las normas y procedimientos de auditoría gubernamental, incluyendo pruebas a los registros de contabilidad, teniendo cuidado en observar que se hayan respetado los lineamientos establecidos en las leyes aplicables.
RESULTANDO CUARTO.- En consecuencia,es procedente el SEGUIMIENTO DE LAS ACCIONES, que a continuación se detallan:
1. La Auditoría Superior del Estado en lo que respecta a las RECOMENDACIONES y SOLICITUDES DE INTERVENCIÓN DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL solicitará la atención de las actuales autoridades municipales con el propósito de coadyuvar a adoptar medidas preventivas, establecer sistemas de control y supervisión eficaces, y en general lograr que los recursos públicos se administren con eficiencia, eficacia, economía y honradez para el cumplimiento de los objetivos a los que están destinados.
2. La Auditoría Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de las acciones a promover PF-09/53-010, OP-09/53-009 y OP-09/53-013 y las derivadas de Solicitudes de Aclaración número PF-09/53-019, OP-09/53-003 y OP-09/53-011, a quienes se desempeñaron como Presidente, Secretario de Gobierno, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
· PF-09/53-010.- Aprobar y ejercer recursos del Fondo III por el orden de $3’816,922.43 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS PESOS 43/100 M.N.) en trece obras improcedentes, mismas que se relacionan a continuación:
Incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a sus cargos, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social.
· OP-09/53-009.- Fraccionar la obra “Pavimentación de carretera Primero de Mayo” para la cual se aprobó un monto de $1’909,945.88 (UN MILLÓN NOVECIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 88/100 M.N.) del programa FONREGION, en tres partes ejecutando dos de ellas por Contrato que se adjudicaron directamente y una por administración directa, no presentando justificación del motivo por el cual se fraccionó, ya que debió adjudicarse por licitación pública de conformidad con los montos máximos y mínimos que marca el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009 en su Anexo número 17, incumpliendo además con lo establecido en los artículos 27, 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras y Servicios Públicos.
· OP-09/53-013.- Fraccionar en seis partes la obra “Pavimentación de carretera, Efigenia”, aprobada por un monto de $3’331,251.36, (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 36/100 M.N.), ejecutando cinco de ellas por contrato adjudicándolas directamente, y una ejecutada por administración directa, situación que no fue justificada, desconociendo el motivo por el cual se fraccionó, ya que debió adjudicarse en licitación pública, de conformidad con los montos máximos y mínimos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009 en el Anexo número 17, incumpliendo además lo establecido en los artículos 27, 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras y Servicios Públicos.
· PF-09/53-019.- Con recursos del Fondo IV se ejecutaron: la obra “Material de construcción para Iglesias” por $120,277.97 (CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 97/100 M.N.) y la acción “Aportación municipal para adquisición de camión recolector de basura (Programa 3x1 para Migrantes)” por $210,140.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA PESOS 00/100 M.N.), de las que no se presentó documentación consistente en: reporte fotográfico, números generadores y/o estimaciones de los trabajos realizados y acta de entrega recepción; además con relación a la segunda acción a la fecha de la auditoría en campo el citado mueble aún no se entregaba al Municipio, no obstante que se liberó el recurso a favor de la Secretaría de Finanzas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, Profr. Antonil Ríos Espino, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Secretario de Gobierno Municipal.
· OP-09/53-003.- No presentar elementos probatorios de que se han realizado los trámites y liberación ante la Comisión Federal de Electricidad, mismos que involucran un monto observado de $6,000.00 (SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) con relación a la obra "Ampliación de la red eléctrica en la colonia Nuevo México (Sanfandila)” la cual está terminada mas no operando, ya que este trámite le corresponde al municipio, en virtud de no estar contemplado para ejecutarse por parte del contratista de la obra, incumpliendo lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios, Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras Públicas.
· OP-09/53-011.- Con relación a los trabajos contratados de drenaje por la cantidad de $160,760.70 (CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS 70/100 M.N.) para la obra “Construcción de terracería, Pabellón de Dolores”, aprobada dentro del Programa Fonregión, la cual durante la verificación física realizada el 23 de marzo de 2010, se encontró concluida, pero de acuerdo a la documentación presentada y constancia de declaraciones de quien realizó los trabajos, la obra fue ejecutada en su totalidad por administración directa; además de no presentar la documentación técnico-social de la citada obra, consistente en bitácora y números generadores, incumpliendo lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona Director de Obras Públicas.
3. La Auditoría Superior del Estado con fundamento en los artículos 37, 38, 39, 42 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS por la cantidad de $267,822.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 00/100 M.N.);a quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras Públicas, funcionarios Municipales durante el período del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, ya que con relación a las Solicitudes de Aclaración números PF-09/53-017 y OP-09/53-012 estas Dictaminadoras consideran con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Villa de Cos, Zacatecas, en los siguientes términos:
· PF-09/53-017.- De la acción número 09FM51011 denominada “Pago de Deuda Pública”, se expidió el cheque número 322 de fecha 7 de mayo de 2009 de la cuenta bancaria número 0530797119 del Banco Mercantil del Norte, S.A. por $71,875.00 (SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), exhibiendo como soporte documental la factura número 63375 del proveedor Abel Rodríguez Aguayo de Móvil Papelería, por concepto de 5,000 juguetes infantiles, sin embargo no presenta evidencia documental relativa al destino de los artículos adquiridos, a fin de transparentar la aplicación de los recursos en acciones propias del municipio; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social.
· OP-09/53-012.- Con relación a los trabajos contratados de drenaje por la cantidad de $195,947.00 (CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) para la obra "Pavimentación de carretera, Efigenia", aprobada dentro del Programa Fonregión, la cual durante la verificación física realizada el 24 de marzo de 2010, se encontró concluida, pero de acuerdo a la documentación presentada y constancia de declaraciones de quien realizó los trabajos, la obra fue ejecutada en su totalidad por administración directa; además de no presentar la documentación técnico-social de la citada obra consistente en bitácora y números generadores, incumpliendo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona Director de Obras Públicas.
CONSIDERANDO ÚNICO.-Las observaciones de la Auditoría Superior del Estado, fueron evaluadas por esta Representación Popular, concluyendo que en el particular fueron razonablemente válidas para aprobar la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal de 2009 del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
DECRETA
PRIMERO.- Con las salvedades que han quedado indicadas en el presente Instrumento Legislativo, SE APRUEBAN los movimientos financieros de administración y gasto relativos a la Cuenta Pública del Municipio de Villa de Cos, Zacatecas, del ejercicio fiscal 2009.
SEGUNDO.- Se instruye a la Auditoría Superior del Estado, para que en los términos señalados en el presente Decreto, continúe el trámite de:
1. PROMOCIÓN PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS resultado de las acciones a promover PF-09/53-010, OP-09/53-009 y OP-09/53-013 y las derivadas de Solicitudes de Aclaración número PF-09/53-019, OP-09/53-003 y OP-09/53-011, a quienes se desempeñaron como Presidente, Secretario de Gobierno, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas, funcionarios municipales durante el ejercicio fiscal 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos por:
· PF-09/53-010.- Aprobar y ejercer recursos del Fondo III por el orden de $3’816,922.43 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS PESOS 43/100 M.N.) en trece obras improcedentes, mismas que se relacionan a continuación:
Incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a sus cargos, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social.
· OP-09/53-009.- Fraccionar la obra “Pavimentación de carretera Primero de Mayo” para la cual se aprobó un monto de $1’909,945.88 (UN MILLÓN NOVECIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 88/100 M.N.) del programa FONREGION, en tres partes ejecutando dos de ellas por Contrato que se adjudicaron directamente y una por administración directa, no presentando justificación del motivo por el cual se fraccionó, ya que debió adjudicarse por licitación pública de conformidad con los montos máximos y mínimos que marca el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009 en su Anexo número 17, incumpliendo además con lo establecido en los artículos 27, 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras y Servicios Públicos.
· OP-09/53-013.- Fraccionar en seis partes la obra “Pavimentación de carretera, Efigenia”, aprobada por un monto de $3’331,251.36, (TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS 36/100 M.N.), ejecutando cinco de ellas por contrato adjudicándolas directamente, y una ejecutada por administración directa, situación que no fue justificada, desconociendo el motivo por el cual se fraccionó, ya que debió adjudicarse en licitación pública, de conformidad con los montos máximos y mínimos establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009 en el Anexo número 17, incumpliendo además lo establecido en los artículos 27, 43 y 44 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal, además del artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas. Considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras y Servicios Públicos.
· PF-09/53-019.- Con recursos del Fondo IV se ejecutaron: la obra “Material de construcción para Iglesias” por $120,277.97 (CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS 97/100 M.N.) y la acción “Aportación municipal para adquisición de camión recolector de basura (Programa 3x1 para Migrantes)” por $210,140.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA PESOS 00/100 M.N.), de las que no se presentó documentación consistente en: reporte fotográfico, números generadores y/o estimaciones de los trabajos realizados y acta de entrega recepción; además con relación a la segunda acción a la fecha de la auditoría en campo el citado mueble aún no se entregaba al municipio no obstante que se liberó el recurso a favor de la Secretaría de Finanzas; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, Profr. Antonil Ríos Espino, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Secretario de Gobierno Municipal.
· OP-09/53-003.- No presentar elementos probatorios de que se han realizado los trámites y liberación ante la Comisión Federal de Electricidad, mismos que involucran un monto observado de $6,000.00 (SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.) con relación a la obra "Ampliación de la red eléctrica en la colonia Nuevo México (Sanfandila)” la cual está terminada mas no operando, ya que este trámite le corresponde al municipio, en virtud de no estar contemplado para ejecutarse por parte del contratista de la obra, incumpliendo lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame, Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios, Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona, Director de Obras Públicas.
· OP-09/53-011.- Con relación a los trabajos contratados de drenaje por la cantidad de $160,760.70 (CIENTO SESENTA MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS 70/100 M.N.) para la obra “Construcción de terracería, Pabellón de Dolores”, aprobada dentro del Programa Fonregión, la cual durante la verificación física realizada el 23 de marzo de 2010, se encontró concluida, pero de acuerdo a la documentación presentada y constancia de declaraciones de quien realizó los trabajos, la obra fue ejecutada en su totalidad por administración directa; además de no presentar la documentación técnico-social de la citada obra, consistente en bitácora y números generadores, incumpliendo lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona Director de Obras Públicas.
2. PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS, con fundamento en los artículos 37, 38, 39, 42 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, la Auditoría Superior del Estado deberá iniciar el PROCEDIMIENTO PARA EL FINCAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS por la cantidad de $267,822.00 (DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDÓS PESOS 00/100 M.N.);a quienes se desempeñaron como Presidente, Director de Desarrollo Económico y Social, y Director de Obras Públicas, funcionarios Municipales durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009, ya que con relación a las solicitudes de Aclaración números PF-09/53-017 y OP-09/53-012 estas Dictaminadoras consideran con fundamento en el artículo 37 fracción I de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, que la acción procedente es el Inicio de un Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias y no una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas, toda vez que en el caso concreto se actualiza un daño patrimonial a la Hacienda Pública Municipal de Villa de Cos, Zacatecas, en los siguientes términos:
· PF-09/53-017.- De la acción número 09FM51011 denominada “Pago de Deuda Pública”, se expidió el cheque número 322 de fecha 7 de mayo de 2009 de la cuenta bancaria número 0530797119 del Banco Mercantil del Norte, S.A. por $71,875.00 (SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), exhibiendo como soporte documental la factura número 63375 del proveedor Abel Rodríguez Aguayo de Móvil Papelería, por concepto de 5,000 juguetes infantiles, sin embargo no presenta evidencia documental relativa al destino de los artículos adquiridos, a fin de transparentar la aplicación de los recursos en acciones propias del municipio; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame e Ing. Everardo Rodríguez Palacios, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social.
· OP-09/53-012.- Con relación a los trabajos contratados de drenaje por la cantidad de $195,947.00 (CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.) para la obra "Pavimentación de carretera, Efigenia", aprobada dentro del Programa Fonregión, la cual durante la verificación física realizada el 24 de marzo de 2010, se encontró concluida, pero de acuerdo a la documentación presentada y constancia de declaraciones de quien realizó los trabajos, la obra fue ejecutada en su totalidad por administración directa; además de no presentar la documentación técnico-social de la citada obra consistente en bitácora y números generadores, incumpliendo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con la Misma en el Estado de Zacatecas, artículo 74 fracciones XXVI de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 49 cuarto párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal; considerándose como presuntos responsables a los CC. L.E. Juan Carlos Regis Adame Presidente Municipal, Ing. Everardo Rodríguez Palacios Director de Desarrollo Económico y Social y Arq. Federico Rodríguez Cardona Director de Obras Públicas.
TERCERO.-La presente revisión, permite dejar a salvo los derechos y responsabilidades que corresponda ejercer o fincar a la Auditoría Superior del Estado y otras autoridades, respecto al manejo y aplicación de recursos financieros, propios y/o federales, no considerados en la auditoría y revisión aleatoria practicada a la presente Cuenta Pública.
ARTÍCULO TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
COMUNÍQUESE AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA SU PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
D A D O en la Sala de Sesiones de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, a los veintiséis días del mes de junio del año dos mil doce.
PRESIDENTE
DIP. BENJAMÍN MEDRANO QUEZADA
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