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En doble sesión ordinaria, presidida por el diputado Roberto Luévano Ruíz, se aprobó la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos que han de regir el ejercicio fiscal para el 2012, de igual forma, se le dio luz verde a las reformas a la Ley de Hacienda, de Coordinación Hacendaria y al Código Fiscal, mismas que han de aplicarse el próximo año.
Asimismo, se dio salida a Leyes de Ingresos municipales, y autorizaciones para créditos de municipios zacatecanos.
PRIMERA SESION
INICIATIVAS
Enajenación a favor de la CFE
En sesión ordinaria, se dio lectura a la Iniciativa de Decreto remitida por el Gobernador Miguel Alonso Reyes, para que se autorice al Ejecutivo del Estado, a enajenar en calidad de donación un bien inmueble ubicado en el Cerro del Gato, a favor de la Comisión Federal de Electricidad.
Expone en sus motivos, que el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2016 dentro de sus estrategias y líneas de acción, contempla un Zacatecas Moderno; en este marco se encuentra el Proyecto Ciudad Gobierno, donde se ubicarán la mayor parte de las oficinas de la Administración Pública Estatal; de esta manera por la magnitud del complejo, se requiere para su operación, entre otros servicios, el del suministro de energía eléctrica, servicio que será proporcionado por Comisión Federal de Electricidad a través de la construcción de una subestación eléctrica.
El Gobierno del Estado sabedor de la necesidad del suministro del servicio básico de energía eléctrica y derivado de las condiciones previstas en Convenio de aportación en efectivo y obra específica, ha propuesto la enajenación de una fracción de terreno urbano con superficie de 8,483 m2, comprendido dentro de las siguientes medidas y colindancias: al norte 105.40m con Ciudad Gobierno; al este 80.48m con Roberto Robles; al Sur 105.40m con Ciudad Gobierno; al Oeste mide 80.48m con Ciudad Gobierno, la cual se desmembrará de una superficie mayor de 56-35-56 hectáreas, que ampara el título de propiedad correspondiente.
Adiciones al Código Penal
Los diputados José Marco Antonio Olvera Acevedo y Roberto Luévano Ruíz, presentaron al Pleno de la Asamblea, la Iniciativa con Proyecto de Decreto, que adiciona la Fracción IV del Artículo 52 del Código Penal para el Estado de Zacatecas, mediante la cual proponen que si el sujeto es mayor de 70 años, se le impondrá, en lugar de la pena de prisión, la medida de seguridad que se estime más conveniente, siempre y cuando concurran las siguientes condiciones:
Que no se trate de reincidente;
Que acredite en cualquier momento que padece de una enfermedad crónica o incurable que requiera tratamiento médico permanente, o denote pérdida de capacidades físicas o mentales;
Que el daño haya sido reparado o se exhiba garantía suficiente para repararlo; y
Que acredite en cualquier momento ayuda familiar.
DICTÁMENES
Ley de Hacienda
Las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda, presentaron el dictamen respecto de la Iniciativa , que reforma, adiciona y deroga la Ley de Hacienda del Estado de Zacatecas, que presentó el Licenciado Miguel Alonso Reyes, Gobernador del Estado de Zacatecas.
Para estas Dictaminadoras la propuesta del Ejecutivo consistente en la aplicación del Apoyo de las Familias Zacatecanas, en el pago de la tenencia, representa un soporte legal eficaz para que los contribuyentes con menor capacidad de pago puedan cubrir esa carga fiscal sin lesionar gravemente su economía.
Ahora bien, estas Comisiones Legislativas en el ámbito de su competencia, proceden a hacer las siguientes modificaciones, sólo con la finalidad de hacer algunas precisiones, mismas que se realizan a continuación.
Con respecto al artículo 46, la iniciativa de origen proponía que en este precepto se regularan exclusivamente los servicios proporcionados por la Dirección de Protección Civil y Bomberos se propone que dichas atribuciones se integren en una fracción IV pero del mismo dispositivo legal, ya que se estipulan otros servicios de la propia Secretaría General de Gobierno, que no son factibles de ser eliminados. Asimismo, en este precepto se adiciona un párrafo en el que se especifica que las Instituciones Públicas quedarán exentas del pago de los servicios que preste la Dirección de Protección Civil y Bomberos.
En lo tocante al Capítulo X del Título III (sic) denominado “De los Derechos”, plantean la adición de dos nuevos artículos 64 y 65, relativos a los servicios prestados por la Secretaría de Seguridad Pública y además, proponían que los ya existentes 64 y 65 pasaran a ser el 65 bis y 65 ter. No obstante lo anterior, estas Dictaminadoras por cuestiones de técnica legislativa planteamos que tales disposiciones se integraran en los artículos 63 bis y 63 ter y con ello, se tendría una mejor coherencia en el articulado.
Con respeto al artículo 63 ter que proponemos se incluya, y de acuerdo a la promulgación de la Ley del Sistema Penitenciario y de Ejecución de Sanciones del Estado, lo relativo a la remisión parcial de la pena; la libertad condicional; indulto; pre-liberación, tienen un nuevo tratamiento en virtud de la creación de la figura de los Jueces de Ejecución, los cuales obviamente formarán parte del Poder Judicial del Estado. Por esa razón, en concordancia con el invocado cuerpo normativo, se propone modificar el proemio del artículo de mérito, con la finalidad de que se puntualice que dichos servicios sean prestados por el Poder Judicial del Estado o la Secretaría General de Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, lo anterior, en plena concordancia del Código Procesal Penal para el Estado.
De igual forma, estas Dictaminadoras aprobaron precisar el contenido del artículo tercero transitorio a efecto de que el porcentaje que se participe a los municipios sea sobre el monto efectivamente enterado a la Secretaría de Finanzas.
Estos órganos de dictamen coincidimos con los planteamientos del Ejecutivo del Estado, porque siempre es necesario fortalecer las finanzas públicas buscando en todo momento un equilibrio entre la recaudación suficiente de recursos y la protección de las finanzas familiares, poniendo un especial énfasis en el bien y progreso del Estado. Por tal motivo, consideramos que los ajustes efectuados por estas Comisiones de dictamen, dan una mejor coherencia al contenido de este producto legislativo, el cual es necesario para que las dependencias recauden los recursos para prestar mejores servicios y realizar las obras de infraestructura necesarias.
Ley de Coordinación Hacendaria
A las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa que reforma y deroga la Ley de Coordinación Hacendaria para el Estado de Zacatecas y sus Municipios, que presenta el Licenciado Miguel Alonso Reyes, Gobernador del Estado de Zacatecas.
Sentencian los dictaminadores, que la Ley de Coordinación Hacendaria del Estado y sus Municipios, establece el Fondo Único de Participaciones, el cual se integra, entre otras participaciones, por las relativas al Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Por ello, al dejarse de percibir participación federal por este concepto, se estima que no debe formar parte del Fondo Único de Participaciones, a que se refiere la fracción III del artículo 39 de la invocada Ley de Coordinación Hacendaria del Estado y sus Municipios, por lo que resulta necesario reformar el ordenamiento en estudio a efecto de armonizarlo a estas nuevas disposiciones.
En el mismo sentido, se estima procedente reformar el último párrafo del artículo 39 de la Ley de Coordinación Hacendaria, tomando en cuenta que el concepto de participaciones federales relativo a la recaudación del Impuesto Federal sobre Tenencia o Uso de Vehículos, ya no formará parte del Fondo Único de Participaciones, por lo que los importes o porcentajes de participación a los municipios que no sufren modificación por la reforma propuesta al último párrafo del artículo 39 señalado, son los relativos a la recaudación federal de los impuestos Especial sobre Producción y Servicios e Impuesto sobre Automóviles Nuevos, situación por la cual es de obsequiarse la petición del iniciante. En el mismo sentido, estas Comisiones Legislativas estiman acertado reformar el numeral 44 del mencionado cuerpo de leyes, por las mismas razones.
Por ello, las comisiones dictaminadoras se manifiestas coincidentes con el Ejecutivo en el sentido de que es necesario modificar el cuerpo normativo en estudio, con la finalidad de que no quede desfasado de lo establecido en otras disposiciones legales.
Reforma al Código Fiscal
A las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa que reforma y adiciona el Código Fiscal del Estado de Zacatecas, que presenta el Licenciado Miguel Alonso Reyes, Gobernador del Estado de Zacatecas.
Estas Comisiones Legislativas concuerdan con el promovente, sobre la propuesta consistente en adicionar una fracción XXIII al artículo 96 de la ordenanza en estudio, cuyo objetivo consiste en que, por razón de las reformas a la Ley de Hacienda del Estado y Ley de Coordinación Hacendaria del Estado y sus Municipios, es imperativo que en el Código Fiscal del Estado se estipulen las infracciones que serán impuestas a los contribuyentes que cubran el pago fuera de los plazos legales; reforma adminiculada a las que al efecto se realicen a las mencionadas Ley de Hacienda y Ley de Coordinación Hacendaria.
Continuando con el análisis de la reforma que adiciona la fracción XXIII del artículo 96 del Código Fiscal del Estado que ocupa a estos órganos de dictamen, estiman pertinente disminuir el rango inferior de la sanción materia de la adición en estudio, y que de ser aprobada por esta Soberanía, sería impuesta a los contribuyentes que no realicen el pago del impuesto de tenencia o uso de vehículos en los plazos establecidos, siempre que medie requerimiento de la autoridad fiscal competente, propuesta que estas Dictaminadoras estiman que se reduzca de 20 a 10 cuotas de salario mínimo, con la finalidad de que el importe del crédito no sea mayor a la multa imponible y con ello, evitar que se trasgredan los derechos de los contribuyentes, lo anterior sin perjuicio de que los sujetos obligados del tributo puedan recibir beneficios adicionales, como la reducción de las multas por pagar en los términos y condiciones que establezcan las disposiciones fiscales. Asimismo, se puntualizó que las cuotas lo serán de salario mínimo general vigente en el Estado, lo anterior con el objetivo de precisar la redacción y tener más claridad al respecto.
Ley de Ingresos del Estado
A las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2012, que presenta el Licenciado Miguel Alonso Reyes, Gobernador del Estado de Zacatecas.
Las Dictaminadoras atendiendo a los principios rectores que rigen la integración de la Ley de Ingresos del Estado previstos en el artículo 16 de la Ley de Administración y Finanzas Públicas del Estado, encontró que la Iniciativa materia de valoración se ajusta al marco normativo en referencia, toda vez que en armonía con la iniciativa de Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal del año 2012 presentada por el Poder Ejecutivo, se encuentran formuladas con apoyo en programas donde se señalan objetivos, metas y unidades responsables de su ejecución y apegado al Plan Estatal de Desarrollo y a los programas que de él derivan. Por tanto, la propuesta legislativa de los ingresos que percibirá el Estado por los diversos conceptos, atienden las directrices de política fiscal previsto en el Plan Estatal de Desarrollo 2011 – 2016, que como lo argumenta el iniciante del instrumento que nos ocupa, tiene la finalidad de contar con un sistema impositivo ágil, moderno y eficiente, que debe de ser además, promotor de la inversión, el empleo y el ahorro en la Entidad.
Bajo los razonamientos, parámetros e indicadores económicos que anteceden, las Comisiones de dictamen, son de la opinión que la propuesta de ingresos que deba percibir la Hacienda Pública del Estado de Zacatecas, deben estimarse procedente en $24,975’478,101 durante el ejercicio fiscal del año 2012, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1 de la iniciativa que se dictamina, provenientes de los conceptos que a continuación se señalan:
· IMPUESTOS 459’372,982
· DERECHOS 406’055,850
· PRODUCTOS 51’637,494
· APROVECHAMIENTOS 97’805,759
· CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 125’689,964
· PARTICIPACIONES E INCENTIVOS ECONÓMICOS (R-28) 7,243’702,132
· FONDOS DE APORTACIONES FEDERALES (R-33) 9,094’154,235
· OTROS APOYOS FEDERALES 3,093’303,644
· INGRESOS EXTRAORDINARIOS 4,403’756,041
Presupuesto de Egresos
A las Comisiones Legislativas Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa de Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el Ejercicio Fiscal 2012, que presenta el licenciado Miguel Alejandro Alonso Reyes, Gobernador del Estado de Zacatecas.
Los Cuerpos Colegiados que emiten este dictamen, reconocen que en la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos que se expone, se realizaron los cambios que en apego a la Armonización Contable se establecen.
Como consecuencia, por vez primera, los Poderes Legislativo y Judicial, Órganos Autónomos, Entidades y Organismos Públicos Descentralizados, llevarán a cabo sus propios registros contables e información financiera. Lo anterior, deberá facilitar el registro y la fiscalización de los activos, ingresos y gastos, además, contribuirá a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingreso público coadyuvando, de manera fundamental en las tareas de fiscalización que, por disposición constitucional, debe ejercer esta Soberanía Popular.
El Gasto Total previsto en el Presupuesto para el ejercicio fiscal 2012 importa la cantidad de $24,975’478,101.00 y corresponde al total de los recursos establecidos en la Ley de Ingresos y se distribuye de la siguiente manera:
I. Poder Legislativo 317’615,107.00
II. Poder Judicial 269’833’597.00
III. Organismos Autónomos 1,411’643,297.00
IV. Poder Ejecutivo 22,976’386,100.00
a. Gasto Programable 18,018’105,050.00
b. Gasto No Programable 4,958’281,050.00
1 Inversiones Financieras 748’987,813.00
2 Municipios 3, 722’062,049.00
3 Deuda Pública 487’231,188.00
La diputada María de la Luz Domínguez Campos, presentó un voto particular respecto del dictamen.
Exhorto a la Secretaría de Turismo
La Comisión Legislativa de Desarrollo Económico y Turismo, presentó el dictamen respecto de la Iniciativa de Punto de Acuerdo por la que se exhorta a la Secretaría d Turismo Federal, para impulsar e incrementar las campañas turísticas para la promoción de los diferentes destinos turísticos del país.
Ésta Comisión Dictaminadora y en relación a la Iniciativa a la que se hace mención, considera que los esfuerzos que se realicen en función de promover las zonas y regiones turísticas del País contribuirá al crecimiento de la economía y con ello, la mejora de las condiciones y bienestar social de la población.
Por esa razón, los que integran esta Comisión Legislativa, son de la opinión en aprobar la Iniciativa de cuenta, en virtud de que queda claro que para nuestro País y en específico para nuestro Estado, el turismo coadyuva a mejorar las condiciones de vida de la sociedad en general, pues promueve el desarrollo económico, el fomento y creación de empleos y en lo colectivo, a resaltar las tradiciones y cultura de quienes habitan la zona que se visita.
Cuenta Pública 2009 de Gral. Enrique Estrada
Las Comisiones Unidas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, presentaron al Pleno de la Asamblea, el Dictamen de la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2009, del Municipio de General Enrique Estrada, Zac., en el cual contemplan el fincamiento de responsabilidades administrativas por un monto de $158,543.54 (ciento cincuenta y ocho mil quinientos cuarenta y tres pesos con cincuenta y cuatro centavos), resultado de las acciones números AF-09/12-001, AF-09/12-012, PF-09/12-003 y OP-09/12-002 así como las derivadas de Solicitudes de Aclaración PF-09/12-005, OP-09/12-003 y OP-09/12-005, a quienes se desempeñaron como Presidente, Secretario de Gobierno, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas y Regidores Municipales durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.
De igual forma, se contempla el fincamiento de responsabilidades resarcitoriaspor $162,082.51 (ciento sesenta y dos mil ochenta y dos pesos con cincuenta y un centavos), derivado de la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-12-2009-45/2010, por la cantidad de $146,824.51 (ciento cuarenta y seis mil ochocientos veinticuatro pesos con cincuenta y un centavos); y de la solicitud de Aclaración número AF-09/12-004 por la cantidad de $15,258.23 (quince mil doscientos cincuenta y ocho pesos con veintitrés centavos); a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
Cuenta Pública 2009, del Sistema Municipal
de Agua y Alcantarillado de Río Grande
Las Comisiones Unidas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, presentaron al Pleno de la Asamblea, el Dictamen respecto de la Cuenta Pública del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Río Grande, Zac., relativo al Ejercicio Fiscal 2009.
En el dictamen se contempla el fincamiento de responsabilidades resarcitorias , por la no solventación del Pliego de Observaciones número ASE-PO-40-AP/2009-57/2010, por la cantidad de $256,162.10 (doscientos cincuenta y seis mil ciento sesena y dos pesos diez centavos); a integrantes del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Río Grande, Zacatecas por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
Contratación de Crédito para Chalchihuites
Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, presentaron el dictamen en el cual autorizan la solicitud del Ayuntamiento de Chalchihuites, Zacatecas, para que se le faculte la contratación de un crédito, hasta por la cantidad de $ 5’000,000.00 (cinco millones de pesos), más gastos financieros, destinados a la adquisición de maquinaria, infraestructura para parque deportivo y adquisición de inmuebles.
Contratación de Crédito para Valparaíso
Las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, presentaron el dictamen en el cual autorizan la solicitud del Ayuntamiento de Valparaíso, Zacatecas, para que se le faculte la contratación de un crédito que se destinará a la Construcción del Nuevo Relleno Sanitario, Proyecto de cambio de Luminarias en el Alumbrado Público Municipal, y Adquisición de Maquinaria Pesada.
En el dictamen se autoriza al Municipio de Valparaíso, Zacatecas, para que por conducto de sus funcionarios legalmente facultados, contrate con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., un crédito simple, hasta por la cantidad de $30’000,000.00 (treinta millones de pesos), más las cantidades que se requieran para el pago de accesorios financieros, impuestos, comisiones e intereses que se generen, según se pacte en el contrato que al efecto se celebre.
Reformas y Adiciones a Decreto de Juchipila
A las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa que presenta el Ayuntamiento de Juchipila, Zacatecas, a través del C. Presidente Municipal, en la que se propone reformar el Decreto Número 216, por el que se autoriza al Ayuntamiento en cita a gestionar y contratar un crédito.
Del texto de la Iniciativa que da materia al presente Instrumento Legislativo, se desprende que el objetivo de reformar dicho Decreto, consiste en eximir de la Deuda Solidaria, al Gobierno del Estado de Zacatecas, en razón de que el marco legal estatal en la materia, concretamente las fracciones II y VII del artículo 12 de la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios del Estado de Zacatecas, establecen, primero, que corresponde a los Ayuntamientos solicitar a la Legislatura autorización para contratar operaciones que constituyan deuda pública, y en su caso, afectar en garantía o fuente de pago, sus bienes del dominio privado, los derechos e ingresos de las participaciones y/o aportaciones federales que le correspondan al Municipio, de conformidad con la legislación aplicable, segundo, afectar previa autorización de la Legislatura, sus derechos e ingresos derivados de las participaciones y/o aportaciones federales que le correspondan y sean susceptibles de afectación en términos de lo que dispone la legislación aplicable, cuando sirvan de garantía y/o como fuente de pago de las obligaciones derivadas de la deuda pública que contraten y, por último, que los Municipios del Estado de Zacatecas pueden contratar crédito sin la obligación solidaria del Estado de Zacatecas, siempre que se cumplan los requisitos legales y administrativos dispuestos en la legislación estatal aplicable.
Las diputadas y los diputados integrantes de estas Comisiones Dictaminadoras, consideran se tienen por acreditados y comprobados los extremos legales previstos por la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios de Zacatecas, por lo que consideran que es procedente autorizar la solicitud para la modificación al Decreto número 216, en los términos que se establecen en el presente Dictamen.
Reformas y Adiciones a Decreto de Ojocaliente
A las Comisiones Legislativas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, les fue turnada para su estudio y Dictamen, la Iniciativa que presenta el Ayuntamiento de Ojocaliente, Zacatecas, a través del C. Presidente Municipal, en la que se propone reformar el Decreto Número 220, por el que se autoriza al Ayuntamiento en cita a gestionar y contratar un crédito.
Del texto de la Iniciativa que da materia al presente Instrumento Legislativo, se desprende que el objetivo de reformar dicho Decreto, consiste en eximir de la Deuda Solidaria, al Gobierno del Estado de Zacatecas, en razón de que el marco legal estatal en la materia, concretamente las fracciones II y VII del artículo 12 de la Ley de Deuda Pública para el Estado y los Municipios del Estado de Zacatecas, establecen, primero, que corresponde a los Ayuntamientos solicitar a la Legislatura autorización para contratar operaciones que constituyan deuda pública, y en su caso, afectar en garantía o fuente de pago, sus bienes del dominio privado, los derechos e ingresos de las participaciones y/o aportaciones federales que le correspondan al Municipio, de conformidad con la legislación aplicable, segundo, afectar previa autorización de la Legislatura, sus derechos e ingresos derivados de las participaciones y/o aportaciones federales que le correspondan y sean susceptibles de afectación en términos de lo que dispone la legislación aplicable, cuando sirvan de garantía y/o como fuente de pago de las obligaciones derivadas de la deuda pública que contraten y, por último, que los Municipios del Estado de Zacatecas pueden contratar crédito sin la obligación solidaria del Estado de Zacatecas, siempre que se cumplan los requisitos legales y administrativos dispuestos en la legislación estatal aplicable.
Estas Dictaminadoras proponen se autorice la modificación solicitada, en los términos del Decreto que se reforma y adiciona, en cuanto al monto del crédito y el plazo para su amortización, que lo son, para la contratación de un Crédito por un monto de $30’000,000.00 (treinta millones de pesos), a un plazo de amortización de 7 años, y de igual manera en los términos del presente Dictamen.
Leyes de Ingresos Municipales
Durante la sesión Legislativa del día, se dio lectura a los dictámenes respecto de las Iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2012, de: Jalpa, Melchor Ocampo, Mezquital del Oro, Susticacán, Tabasco, Tepetongo, Teul de González Ortega, Trinidad García de la Cadena, Villa de Cos, el Plateado de Joaquín Amaro, Genaro Codina, General Enrique Estrada, Jiménez del Teul, Loreto, Moyahua de Estrada, Río Grande, Saín Alto, Tepechitlán, Trancoso, Valparaíso y Villa González Ortega.
SEGUNDA SESION
APROBACIONES
Durante la segunda sesión del día, se aprobaron los siguientes dictámenes:
· Respecto de la Iniciativa de Reformas a la Ley de Hacienda del Estado.
· Relativo a la Iniciativa de Reforma a la Ley de Coordinación Hacendaria para el Estado de Zacatecas y sus Municipios.
· Referente a la Iniciativa de Reforma al Código Fiscal del Estado.
Durante su discusión en lo particular, la diputada María de la Luz Domínguez Campos, reservo el Artículo 96, Fracción 22.
El dictamen fue aprobado en lo particular en sus términos originales.
· Respecto de la Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado, para el Ejercicio Fiscal del 2012.
Durante la discusión en lo general, las diputadas María de la Luz Domínguez Campos y Georgina Ramírez Rivera, hicieron uso de la tribuna para manifestarse en contra del dictamen. Para hechos, el diputado Osvaldo Contreras Vázquez secundó a la diputada Georgina Ramírez.
Durante la discusión en lo particular, se presentaron las siguientes reservas:
La diputada Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, reservo el Artículo 1, Fracción 1, Numeral 5to.
La diputada María de la Luz Domínguez Campos, reservó el Artículo 1, Fracción 6, Numeral 13.
La diputada Georgina Ramírez Rivera, reservó el artículo 1 Fracción 1, Numeral 5to y Fracción 6ta, Numeral 13.
Finalmente el dictamen fue aprobado en lo particular en sus términos originales.
· Del Dictamen y del voto particular referente a la Iniciativa de decreto de Presupuesto de Egresos del Estado, para el Ejercicio Fiscal del 2012.
Durante la discusión en lo general participaron los siguientes oradores:
El diputado Jorge Álvarez Máynez, a favor del dictamen.
La diputada María de la Luz Domínguez Campos, en contra del dictamen y a favor del voto particular.
El diputado José Xerardo Ramírez Rivera, a favor del dictamen.
El diputado Saúl Monreal Ávila, en contra del dictamen.
El diputado Luís Gerardo Romo Fonseca, a favor del dictamen. Para hechos, secundaron al orador, Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, Ramiro Rosales Acevedo, José Xerardo Ramírez Muñoz y María de la Luz Domínguez Campos.
La diputada Georgina Ramírez Rivera, en contra del dictamen, secundándola para hechos, Jorge Luís García Vera, Jorge Álvarez Máynez, Ana María Romo Fonseca y María de la Luz Domínguez Campos.
Finalmente el dictamen se aprobó en lo general con 22 votos a favor del dictamen.
En la discusión en lo particular, se presentaron las siguientes reservas:
La diputada Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torres, reservo los Artículos 16 y 19.
Pablo Rodríguez Rodarte, reservó los Artículos 18 y 19.
La diputada Georgina Ramírez Rivera, reservó los Artículos 6, 9 y 11.
El dictamen se aprobó en lo particular en sus términos originales.
· Respecto de la Iniciativa de Punto de Acuerdo por la que se exhorta a la Secretaría de Turismo Federal, para impulsar e incrementar las campañas turísticas para la promoción de los diferentes destinos turísticos del país.
· De la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2009, del municipio de General Enrique Estrada, Zac.
· Respecto de la Cuenta Pública del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Río Grande, Zac., relativo al Ejercicio Fiscal 2009.
· Respecto de la Iniciativa de Decreto para que se autorice al H. Ayuntamiento Municipal de Chalchihuites, Zac., la contratación de un crédito.
· Referente de la Iniciativa de Decreto para que se autorice al H. Ayuntamiento Municipal de Valparaíso, Zac., la contratación de un crédito.
· De reformas y Adiciones al decreto que autorizó al H. Ayuntamiento municipal de Juchipila, Zac., la contratación de un crédito.
· De reformas y Adiciones al decreto que autorizó al H. Ayuntamiento municipal de Ojocaliente, Zac., la contratación de un crédito.
· En paquete, se aprobaron los dictámenes referentes a las Iniciativas de Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal del 2012 de los municipios de Jalpa, Melchor Ocampo, Mezquital del Oro, Susticacán, Tabasco, Tepetongo, Teul de González Ortega, Trinidad García de la Cadena, Villa de Cos, el Plateado de Joaquín Amaro, Genaro Codina, General Enrique Estrada, Jiménez del Teul, Loreto, Moyahua de Estrada, Río Grande, Saín Alto, Tepechitlán, Trancoso, Valparaíso y Villa González Ortega.
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