ARTÍCULO 4

El H. Ayuntamiento convocará a través de los medios de comunicación masiva a sesión extraordinaria de cabildo, que será pública; en ella, dará a conocer a los vecinos, colonos o asociaciones de éstos, agrupaciones cívicas, culturales, artesanales y en general a los ciudadanos que resulten beneficiados con la ejecución de una obra pública por cooperación, la naturaleza de ésta, su objetivo y las razones socioeconómicas y estudios realizados a que se refiere el artículo anterior.

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