ARTÍCULO 178

La autorización sanitaria es el acto administrativo mediante el cual la autoridad sanitaria permite a una persona pública o privada, la realización de actividades relacionadas con la salud humana, en los casos y con los requisitos y modalidades que determine esta Ley y demás disposiciones aplicables. Las autorizaciones sanitarias tendrán el carácter de licencias, permisos y tarjetas de control sanitario.



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