ARTÍCULO 98

La muerte cerebral se presenta cuando existen los siguientes signos:

    I.    Pérdida permanente e irreversible de conciencia y de respuesta a estímulos sensoriales;

    II.    Ausencia de automatismo respiratorio, y

    III.    Evidencia de daño irreversible del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar, ausencia de movimiento oculares en pruebas vestibulares y ausencia a estímulos nociceptivos.

        Se deberá descartar que dichos signos son producto de intoxicación aguda por narcóticos, barbitúricos o sustancias neurotrópicas.

        Los signos señalados en las fracciones anteriores deberán corroborarse por cualquiera de las siguientes pruebas:

        a)    Angiografía cerebral bilateral que demuestre ausencia de circulación cerebral, o

        b)    Electroencefalograma que demuestre ausencia total de actividad eléctrica cerebral en dos ocasiones diferentes con espacio de cinco horas.
 



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