ARTÍCULO 77

Las autoridades sanitarias estatales se coordinarán con sus similares del ámbito federal, para elaborar programas y desarrollar campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la población.

Asimismo, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

    I.    Cólera, fiebre tifoidea, paratifoidea y otras salmonelosis, shigelosis, infección intestinal por otros organismos y las mal definidas, intoxicación alimentaria bacteriana, amibiasis intestinal, absceso hepático amibiano, giardiasis, otras infecciones intestinales debidas a protozoarios, infecciones intestinales debidas a protozoarios, teniasis, ascariasis, oxiuriasis y otras helmintiasis;

    II.    Tuberculosis del aparato respiratorio, otitis media aguda, angina estreptocócica, infecciones respiratorias agudas, neumonías y bronconeumonías;

    III.    Infecciones de transmisión sexual tumorales (molusco contagioso); virus del papiloma humano (VPH); infecciones de transmisión sexual ulcerativas (sífilis congénita, sífilis adquirida, chancro blando, linfogranuloma venéreo, herpes genital); infecciones de transmisión sexual secretoras (tricomoniasis urogenital, candidiasis urogenital, infección gonocócica genitourinaria, ureaplasma);

    IV.    Dengue clásico, dengue hemorrágico, paludismo por plasmodium vivax;

    V.    Brucelosis, leptospirosis, rabia, cisticercosis, triquinosis;

    VI.    Escarlatina, erisipela, varicela, enfermedad febril exantemática;

    VII.    Tuberculosis otras formas; lepra, hepatitis vírica-A, hepatitis vírica B, hepatitis vírica-C; otras hepatitis víricas; síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), conjuntivitis hemorrágica epidémica, toxoplasmosis, escabiosis, meningitis, parálisis flácida aguda, síndrome coqueluchoide, virus de inmunodeficiencia (VIH), y

    VIII.    Las demás que determinen las autoridades competentes, o contemplen los tratados y convenios internacionales de los que México sea parte.



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