ARTÍCULO 69

La promoción de la salud comprende:

    I.    Educar para la salud;

    II.    Elaborar políticas públicas de salud;

    III.    Crear ambientes favorables, y

    IV.    Reforzar la acción comunitaria.

Lo anterior, teniendo en cuenta los enfoques transversales de intersectorialidad, participación social, interculturalidad, y género y curso de vida.
 



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