CAPÍTULO III

Promoción de la Salud



ARTÍCULO 68

La promoción de la salud tiene un carácter anticipatorio, por el cual busca dar atención no a la enfermedad sino a los determinantes de la salud, para fortalecer los que son favorables a ésta y frenar los que no lo son, y como parte de sus componentes esenciales se encuentra el desarrollo de aptitudes personales para la salud, con el fin de que las personas ejerzan un mayor control sobre la misma.



ARTÍCULO 69

La promoción de la salud comprende:

    I.    Educar para la salud;

    II.    Elaborar políticas públicas de salud;

    III.    Crear ambientes favorables, y

    IV.    Reforzar la acción comunitaria.

Lo anterior, teniendo en cuenta los enfoques transversales de intersectorialidad, participación social, interculturalidad, y género y curso de vida.
 




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