ARTÍCULO 57

La investigación para la salud comprende el desarrollo de acciones que contribuyan a:

    I.    El conocimiento de los procesos biológicos, psicológicos y sociales relacionados con la salud;

    II.    El conocimiento de los vínculos entre las causas de enfermedad, la práctica médica y la estructura social;

    III.    La prevención y control de los problemas de salud que se consideren prioritarios para la población;

    IV.    El conocimiento y control de los efectos nocivos del ambiente en la salud;

    V.    El estudio de las técnicas y métodos que se recomienden o empleen para la prestación de servicios de salud, y

    VI.    La producción de insumos para la salud.



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