Artículo 84

Es obligación de los Sujetos Obligados garantizar la seguridad, protección y conservación del patrimonio documental del Estado de Zacatecas. Para ello, los Sujetos Obligados deberán:

I. Implementar criterios de difusión para que el público pueda acceder, con seguridad y responsabilidad, al patrimonio documental de la entidad;
 
II. Garantizar la seguridad del Patrimonio Documental de la entidad;
 
III. Fomentar políticas para la preservación digital del Patrimonio Documental; y
 
IV. Las demás que garanticen la protección del Patrimonio Documental del Estado.


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