Artículo 1

La presente Ley es de orden público y observancia general para el Estado de Zacatecas. Tiene por objeto homologar las disposiciones que garanticen la correcta organización, conservación, administración y preservación de los archivos en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismos de los poderes Ejecutivo del ámbito estatal y municipal, Legislativo, y Judicial, organismos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el Estado o municipios.

Así como determinar las bases de organización y funcionamiento del Sistema Estatal de Archivos del Estado de Zacatecas. Además de fomentar la difusión del patrimonio documental del Estado de Zacatecas y de una cultura archivística.
Artículo reformado POG 29/09/2018 (Decreto 481)


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