Artículo 1

En el Estado de Zacatecas y sus municipios las personas físicas y las morales, así como las unidades económicas, están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas.

Se consideran unidades económicas, entre otras, a las sucesiones, los fideicomisos y las asociaciones en participación, de conformidad con la legislación vigente en el país, o cualquiera otra forma de asociación aun cuando no sean reconocidas como personas jurídicas conforme otras disposiciones legales aplicables.
 
Las personas que de conformidad con las leyes fiscales no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.


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