Artículo 58

La institución financiera participante que resulte ganadora del proceso competitivo, establecido en el artículo 31 de esta Ley, se dará a conocer en un plazo no mayor a 2 días hábiles posteriores al proceso descrito en dicho artículo, a través de medios públicos, incluyendo la página oficial de internet del Estado, publicando el documento en que conste la comparación de las propuestas presentadas.



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