Artículo 5

La programación de gasto público estatal tendrá su base en el Plan Estatal de Desarrollo y las directrices que formule el Ejecutivo del Estado a través de la Coordinación Estatal de Planeación. Para su integración al Presupuesto de Egresos, la Secretaría dictará las disposiciones procedentes.

Reformado POG 20-12-2017. Invalidado por la SCJN mediante la Acción de Inconstitucionalidad 12/2018.
Reformado POG 31-12-2018.


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