TÍTULO CUARTO

PRESUPUESTO BASADO EN RESULTADOS



CAPÍTULO I

Presupuesto basado en resultados



Artículo 66

Los programas presupuestarios que formen parte del presupuesto basado en resultados (PbR) ascienden a la cantidad de $21,065,188,497.00 (veintiún mil sesenta y cinco millones ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos noventa y siete pesos 00/100 m.n.) y son ejercidos por todas las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo estatal.

En el Anexo 20 se presenta la relación de Matrices de Indicadores de Resultados (MIR) de los Programas Presupuestarios del Gobierno del Estado que forman parte del Presupuesto Basado en Resultados, donde se muestran los objetivos anuales, estrategias y metas.


Artículo 67

Del Sistema Estatal de Evaluación, establecido en el artículo 122 de la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios, y en apego a los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento del Sistema Estatal de Evaluación, los recursos públicos de que dispongan los Entes Públicos serán sujetos al Sistema, con el propósito de orientar la operación de los Programas presupuestarios al logro de resultados.



CAPÍTULO II

Estrategia de implementación y consolidación del Presupuesto basado en Resultados



Artículo 68

Durante el año 2019, las diferentes etapas del ciclo presupuestario se seguirán alineando, de manera gradual y creciente, de acuerdo al modelo de Presupuesto basado en Resultados, en congruencia con la legislación federal y estatal aplicable. Dicho ciclo presupuestario se compone de: planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento, evaluación y rendición de cuentas.



Artículo 69

Durante el año 2019, los entes públicos deberán cumplir con lo estipulado en los Lineamientos Generales para la Implementación del Modelo de Presupuesto basado en Resultados, los cuales establecen los principios y criterios de implementación del modelo; las dependencias y entidades responsables con su respectivo ámbito de acción; las modalidades de implementación y los factores críticos de éxito. Estos lineamientos rigen los avances de la implementación en las siete etapas del ciclo presupuestario.



Artículo 70

Sin detrimento de que durante la implementación del modelo de Presupuesto basado en Resultados se potencien sus alcances, los Lineamientos Generales establecen los criterios mínimos que deberán atenderse en cada una de las siete etapas del ciclo presupuestario estatal, conforme a lo siguiente: la planeación consistirá en la alineación de los programas sectoriales y presupuestarios con el contenido del Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021; la programación considerará la revisión y autorización, en su caso, de estructuras programáticas, la definición de programas presupuestarios, la elaboración de Matrices de Indicadores para Resultados; la presupuestación tomará en cuenta los resultados de los programas para la asignación de recursos; el ejercicio tendrá por objetivo la mejora en la gestión y de la calidad del gasto; el seguimiento incluirá la elaboración de informes de resultados y monitoreo de indicadores; la evaluación identificará oportunidades de mejora de los programas, con apego a la normatividad aplicable; y la rendición de cuentas incluirá la elaboración de informes con los resultados definitivos de los programas. El enfoque de avance en la implementación será gradual. Los programas que conforman el modelo de Presupuesto basado en Resultados son aquellos que mayor impacto tienen en el bienestar de la población.



Artículo 71

Será responsabilidad de la Secretaría, coordinar la estrategia de implementación del Modelo de Presupuesto basado en Resultados, con apego al marco jurídico aplicable.




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