Artículo 4

La interpretación del Presupuesto de Egresos del Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal 2019, para efectos administrativos, le corresponde a la Secretaría de Finanzas.

A falta de disposición expresa, se aplicará de manera supletoria y en lo conducente, la Ley de Disciplina Financiera y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Zacatecas y sus Municipios y los ordenamientos jurídicos aplicables en materia fiscal y financiera.
 
Los Entes Públicos aplicarán estas disposiciones en el ámbito de su esfera jurídica; unos y otros, deberán observar las medidas legales y principios para el ejercicio del Presupuesto de Egresos 2019.


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