La Unidad Estatal de Comercialización, U.E.C., es una unidad operativa dependiente de la Secretaría del Campo, la cual tiene como objetivo, promover y apoyar la comercialización de los productos del sector rural zacatecano.
La U.E.C. presentará anualmente, a la Secretaría, el presupuesto operativo necesario para su funcionamiento ordinario.
La U.E.C. contará con recursos concurrentes aportados por los gobiernos Federal y Municipal así como de organizaciones económicas rurales y migrantes, mediante convenios específicos que permitan realizar acciones concretas de fomento y posicionamiento de los productos ofertados por el sector rural de nuestro Estado.
La U.E.C. apoyará la realización de estudios de mercado y la promoción de productos del sector rural local, a nivel nacional e internacional.
El Gobierno del Estado, en congruencia con los objetivos de comercialización que el campo zacatecano demanda, propone alcanzar los siguientes objetivos:
El Consejo Zacatecano participará en las instancias del Ejecutivo Federal, donde se definen los cupos de importación de los productos del campo, con el objetivo de proteger a la producción estatal y a los productores.
Con base en un estudio integral de planeación agropecuaria, que tome en cuenta las condiciones del mercado imperantes para cada ciclo y producto, el Consejo Zacatecano, a través de la Secretaría, definirán los productos elegibles de apoyo que enfrenten dificultades en su comercialización, para su respectiva aprobación ante el Consejo Mexicano.
El Gobierno del Estado, en coordinación con el Gobierno Federal y el sector rural local, fomentarán las exportaciones de productos agropecuarios estatales mediante la acreditación de la condición sanitaria, de calidad e inocuidad y su carácter orgánico que se oferten, conforme a las normas internacionales; aprovechando las oportunidades de negocio que surjan en los mercados externos.
El Gobierno del Estado, para mejorar los procesos de comercialización y a través de la Secretaría, impulsará la organización y capacitación del sector para la comercialización, brindando las facilidades necesarias para cumplir con los objetivos planteados.
Reformado POG 16-09-2017
El Gobierno del Estado, por medio de su titular y en coordinación con el Consejo Zacatecano y la Secretaría, promoverá, ante el sistema financiero público y privado, las condiciones necesarias para que las organizaciones y sectores económicos del medio rural accedan al crédito y financiamiento a tasas preferenciales para el desarrollo productivo sustentable, en especial, productores de comunidades que presenten mayor rezago económico y social, de acuerdo a sus atribuciones, funciones y disponibilidad de recursos para el financiamiento rural. Lo anterior mediante acciones como:
Reformado POG 16-09-2017
El Consejo Zacatecano, en coordinación con la Secretaría, buscará establecer apoyos especiales a iniciativas financieras locales viables que respondan a las características socioeconómicas y de organización de la población rural de bajos recursos, con las siguientes acciones:
La Secretaría promoverá que las organizaciones y los agentes económicos del medio rural accedan al financiamiento para el desarrollo productivo sustentable, mediante sistemas, esquemas y tratamientos que faciliten, amplíen y fortalezcan el uso del crédito. De igual manera, establecerá mecanismos que permitan el acceso a los productores de todos los estratos, para que dispongan de financiamiento suficiente, oportuno y a tasas competitivas que les permita desarrollar exitosamente sus actividades, procurando que la ministración de los recursos no se desfase de las etapas de los ciclos productivos.
La Secretaría, en coordinación con el Consejo Zacatecano, impulsará el desarrollo de esquemas locales de financiamiento rural, que amplíen la cobertura institucional, apoyando el surgimiento y consolidación de proyectos productivos que respondan a las necesidades de la población rural, para lo cual se realizarán las siguientes acciones:
La Secretaría, aprovechando los acuerdos y esquemas de participación interinstitucional, fomentará:
Para facilitar el acceso al financiamiento, se promoverá la creación de instrumentos financieros o fideicomisos de administración, inversión y garantía que faciliten y transparenten la operación de los recursos, en los diversos esquemas de financiamiento, buscando alinear los subsidios y recursos de otras instituciones, federales, estatales y municipales así como privadas y de organizaciones de productores en beneficio de los sectores prioritarios y estratégicos.
La responsabilidad administrativa y normativa de los instrumentos financieros o fideicomisos estará a cargo de la Secretaría; los recursos fideicomitidos serán del mismo Programa Operativo Anual de la Secretaría.
La Secretaría promoverá la utilización de los instrumentos para la administración de riesgos de producción, de transporte, de mercado y los demás que afecten la rentabilidad de la producción agropecuaria.
Para facilitar el acceso de los productores al servicio de aseguramiento y ampliar la cobertura institucional, el Consejo Zacatecano, en coordinación con la Secretaría, promoverá que las organizaciones económicas de los productores obtengan los apoyos conducentes para la constitución y funcionamiento de fondos de aseguramiento así como su participación en fondos de financiamiento, inversión y la administración de otros riesgos.
El Consejo Zacatecano, en Coordinación con la Secretaría, promoverá los programas e instrumentos que se definan para la formación de organizaciones mutualistas y fondos de aseguramiento, en el marco de las leyes en la materia, e impulsará la creación de organismos especializados en el medio rural.
El Ejecutivo del Estado solicitará apoyos especiales de los fondos federales cuando se presenten las contingencias climatológicas adversas, destinándolos a los productores afectados con el objeto de revertir los efectos negativos y reincorporarlos a la actividad productiva.
Con el objeto de reducir los índices de siniestralidad y la vulnerabilidad de unidades productivas, ante contingencias climatológicas, el Gobierno del Estado coordinará, (sic) través de la Secretaría y la Dirección Estatal de Protección Civil, las acciones necesarias para integrar y mantener actualizada una carta de riesgo en cuencas hídricas, a fin de establecer los programas de prevención de desastres, que incluyan obras de conservación de suelo, agua y manejo de cuencas. Se establecerán programas de reconversión productiva en las regiones y comunidades de siniestralidad recurrente y baja productividad.
El Consejo Zacatecano, en coordinación con la Secretaría, establecerá las medidas para la reducción del costo de aseguramiento por la disminución de riesgo, derivada de la aplicación de medidas de mitigación del mismo.
El Gobierno del Estado podrá destinar recursos para la prevención de desastres naturales que incluyan obras de conservación de suelo, agua y manejo de cuencas. Estos apoyos estarán encaminados a fomentar los programas de reconversión productiva.
El Ejecutivo del Estado, en coordinación con el Ejecutivo Federal, con el objeto de proveer de la información oportuna a los productores y entes económicos que participan en la producción así como en los mercados agropecuarios e industriales y de servicios implementará el Sistema Estatal de Información para el Desarrollo Rural Integral Sustentable, (SEIDRIS), con el fin de generar estadística agropecuaria, de recursos naturales, índices económicos, tecnología, servicios técnicos, industrial y de servicios del sector rural.
En el SEIDRIS se concentrarán los datos desagregados a nivel internacional, nacional, estatal, municipal y de distrito de desarrollo rural, relativos a los siguientes datos: aspectos económicos relevantes de la actividad agropecuaria y el desarrollo rural; información de mercados, en términos de oferta y demanda; disponibilidad de productos y calidades; expectativas de producción y precios; mercados de insumos, condiciones climatológicas prevalecientes y esperadas, así como la publicación de los listados de proyectos y beneficiarios apoyados por los programas de fomento para el desarrollo rural.
Para poder cumplir con sus objetivos, el SEIDRIS se apoyará en las siguientes instituciones:
La información que se integre será considerada de interés público y será responsabilidad de la Secretaría su amplia difusión en el sector rural del Estado.
La Secretaría se coordinará con el Ejecutivo Federal, a través de la Delegación de la SAGARPA, para promover la participación de los interesados, en la elaboración del padrón único de organizaciones y sujetos beneficiarios del sector rural, mediante la clave del Registro Federal de Contribuyentes a través del SEIDRIS; este padrón deberá actualizarse cada año para la operación de los programas e instrumentos de fomento que establece esta Ley.
Del presupuesto asignado al PEEC, se reservará al menos un 20% del monto total de los recursos asignados para su aplicación en zonas prioritarias de acuerdo a los criterios del CONAPO y determinadas por las prioridades del Plan Estatal de Desarrollo.
El Ejecutivo del Estado, de acuerdo a los principios del artículo 6° de la presente Ley, coordinará la actuación de las diversas dependencias estatales, para dotar de servicios básicos a la población rural. Para ello, el Consejo Zacatecano hará compromisos de actuación conjunta con las dependencias y organismos paraestatales que la conforman, para integrar las inversiones que requiere el mejoramiento de la calidad de vida en el medio rural; estas acciones tienen por objeto mejorar los siguientes servicios:
El Gobierno del Estado promoverá apoyos adicionales con prioridad a los grupos vulnerables de las regiones de alta y muy alta marginación; mediante programas especiales enfocados a su propia problemática y posibilidades de superación, conjuntando los instrumentos de impulso a la productividad con los de carácter asistencial y con la introducción de la infraestructura básica.
El Gobierno del Estado, en coordinación con el Ejecutivo Federal, el Consejo Zacatecano, el COPLADEZ, los Consejos Municipales y los Consejos Distritales, ubicará regiones especiales de interés local, adicionales a las definidas por el CONAPO de atención prioritaria para el desarrollo rural, que serán objeto de consideración preferente de los programas de la administración pública estatal.