La Secretaría impulsará la investigación, el desarrollo, transferencia y apropiación de ciencia y tecnología, que favorezcan el desarrollo de la población rural, a través de convenios con organismos públicos, privados y sociales dedicados a dichas actividades.
También impulsará programas y políticas públicas que promuevan la difusión y apropiación de conocimientos científicos y tecnológicos en las actividades económicas del sector rural. Para ello se trabajará de manera coordinada con universidades públicas y privadas así como con el sector privado que esté vinculado con el sector agropecuario.
Artículo 61
Promoción de la ciencia y tecnología
La Secretaría atenderá las demandas de la población rural, en materia de investigación científica y transferencia tecnológica, siendo sus propósitos fundamentales los siguientes:
I. Facilitar el acceso, a la sociedad rural, a la ciencia y tecnología, involucrándolos en las cadenas productivas agropecuarias y agroindustriales así como aquellas de carácter no agropecuario que se desarrollen en el medio rural;
II. Promover y fomentar la investigación socioeconómica del medio rural, y
III. Crear centros de investigación agropecuaria avanzada, con la participación y colaboración de instituciones educativas públicas y privadas así como con el sector privado que permitan elevar la productividad y competitividad del sector rural en el Estado.
Reformado POG 16-07-2016
Artículo 62
SEITT
El Consejo Zacatecano, a través de la Secretaría, establecerá el Sistema Estatal de Investigación y Transferencia de Tecnología SEITT, con la participación de científicos, oferentes de tecnologías y usuarios potenciales, las instituciones académicas y los representantes del Consejo Zacatecano de Ciencia, Tecnología e Innovación, con el objeto de obtener nuevas alternativas tecnológicas aplicables al desarrollo rural integral sustentable.
Reformado POG 16-07-2016