Artículo 32

Los Consejos Municipales representan al sector rural dentro del Municipio y en los Distritos de Desarrollo Rural. Como órgano de participación ciudadana es el espacio donde se definen las necesidades locales, se aprueban proyectos y se ejecutan las acciones provenientes de los diversos programas del sector rural.

El Consejo Municipal de Desarrollo Rural, para efectos de esta Ley, forma parte del COPLADEMUN, contemplado en la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Zacatecas.


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