Artículo 24
Responsables de las acciones
Los responsables de las acciones de coordinación del desarrollo rural integral sustentable se darán entre:
I. El Ejecutivo del Estado y la Secretaría del Campo;
II. La Secretaría del Campo y la Delegación de la Secretaría de Agricultura Ganadería Pesca y Alimentación, (SAGARPA);
III. La Secretaría y los Distritos de Desarrollo Rural;
IV. La Secretaría y la Comisión Nacional Forestal, (CONAFOR);
V. La Secretaría y la Comisión Nacional del Agua, (CONAGUA);
VI. La Secretaría del Campo y las Coordinaciones Regionales;
VII. La Secretaría del Campo y el Consejo Zacatecano;
VIII. Los Presidentes Municipales y sus Consejos Municipales;
IX. Los Presidentes Municipales y los Consejos Distritales;
X. Los Consejos Municipales y las Coordinaciones Regionales, y
XI. Todas aquellas instancias e instituciones que tengan injerencia directa con el desarrollo rural en el Estado de Zacatecas.
Artículo 25
Aprobación del PEEC
El Consejo Zacatecano discutirá y aprobará el PEEC, para ser integrado al proyecto de decreto del Presupuesto de Egresos; una vez publicado se difundirá entre la sociedad rural por medio de los Consejos Municipales y las Coordinaciones de Desarrollo Regional.