LEY PARA EL DESARROLLO RURAL INTEGRAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE ZACATECAS

Ley publicada en el Suplemento 2 del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 30 de noviembre de 2013.

TEXTO VIGENTE A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 2013
 
LIC. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES, Gobernador del Estado de Zacatecas, a sus habitantes hago saber:

Que los DIPUTADOS SECRETARIOS de la Honorable Sexagésima Legislatura del Estado, se han servido dirigirme el siguiente:
 
DECRETO # 687
 
LA HONORABLE SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA…

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, y con apoyo además en lo dispuesto por los artículos 65, fracción I de la Constitución Política del Estado; 140 y 141 del Reglamento General del Poder Legislativo, en nombre del Pueblo es de decretarse y se
 
DECRETA
 
LEY PARA EL DESARROLLO RURAL INTEGRAL SUSTENTABLE DEL ESTADO DE ZACATECAS
 


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