Artículo 11

En la toma de decisiones del Consejo de Administración, cada uno de los miembros del Consejo de Administración tiene derecho a voto, a excepción de los representantes de cada uno de los órganos asesores del Comité del Patrimonio Mundial, quienes participarán en calidad de observadores. CONACULTA, INAH e INBA ejercerán un voto de manera colegiada, al igual que las dependencias del Gobierno de Zacatecas.

El Presidente del Consejo de Administración tendrá voto de calidad.


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