Artículo 39

Los ayuntamientos serán autoridades competentes para conocer y resolver acerca de las infracciones a esta Ley cometidas por particulares, personas físicas o morales.



Regresar a Ley para Prevenir y Erradicar Toda Forma de Discriminación en el Estado de Zacatecas
Página generada en 0.211762 segundos