Artículo 30

Para acceder al Buzón de Consulta los zacatecanos migrantes y las personas interesadas podrán hacerlo a través de los formatos que se pongan a su disposición, o bien, mediante escrito libre. Siempre deberá constar, por lo menos, el nombre de la persona participante, su lugar de residencia y algún domicilio o correo electrónico para dar la respuesta que, en su caso, corresponda.



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