Artículo 35

Será la Contraloría la que fije las políticas, lineamientos y requisitos que deberán cubrir los interesados para poder ser inscritos en el padrón de contratistas del Gobierno del Estado.

La Contraloría deberá resolver en un término improrrogable de 15 días hábiles sobre las solicitudes de inscripción al padrón de contratistas del Gobierno del Estado.


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