ARTÍCULO 26

La almoneda será declarada desierta cuando no se presenten ofertas dentro del plazo previsto en la convocatoria o ninguna de las posturas contenidas en los pliegos recibidos cubra el precio base por hectárea o ninguno de los postores garantice suficientemente el cumplimiento de su oferta.



Regresar a Ley Reglamentaria de la Fraccion Xvii del Articulo 27 de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos
Página generada en 0.202063 segundos