Artículo 148

Los sindicatos en una convención designarán a su magistrada o magistrado representante; el día primero de abril del año par que corresponda, quien funja como Director del Trabajo y Previsión Social publicará en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado, la convocatoria para la elección de magistradas o magistrados representantes, propietaria o propietario y suplente.

Reformado POG 19-12-2009

La convocatoria contendrá:
 
a) El lugar y fecha para el registro y presentación de los padrones a que se refiere el artículo siguiente;
 
b) El lugar y fecha para la entrega de credenciales; y
 
c) El lugar, fecha y hora de la celebración de la convención.
 


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