Artículo 90

Los trabajadores derechohabientes que hayan cotizado por más de dos años al ISSTEZAC (SIC), podrán obtener un préstamo con garantía hipotecaria, para los siguientes fines:

I. Adquisición o construcción de casa habitación para el trabajador derechohabiente;
 
II. Mejoras, reparaciones y ampliaciones de la casa habitación del beneficiado; o
 
III. Liquidación de gravámenes que afecten el inmueble.


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