Artículo 55

El monto de la pensión por vejez es el porcentaje del sueldo regulador que corresponde a los años cotizados al ISSSTEZAC, de conformidad con la siguiente tabla:

Años Cotizados

Porcentaje

15

50%

16

53%

17

56%

18

59%

19

62%

20

65%

21

68%

22

71%

23

74%

24

77%

25

80%

26

84%

27

88%

28

92%

29

96%



Regresar a Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.224613 segundos