Artículo 13

Es obligación de los entes públicos conservar nóminas y documentación comprobatorias del cumplimiento de las obligaciones con el ISSSTEZAC, durante los últimos diez años.



Regresar a Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.207434 segundos