Podrá interponerse el recurso de queja contra el incumplimiento o defecto de las medidas cautelares decretadas por el Tribunal o sus Magistrados. Para el caso, el Magistrado Instructor podrá dictar las medidas necesarias a efecto de mantener la materia de juicio y evitar daños de imposible reparación. En caso de incumplimiento, podrá decretar la nulidad de las actuaciones realizadas en contra de las medidas cautelares.