Artículo 53

Además de las previstas en la Ley General y la Ley del Servicio Civil del Estado, los servidores públicos del Tribunal tendrán las obligaciones siguientes:

I. Coadyuvar al cumplimiento de los fines del Tribunal;
 
II. Conducirse en todo tiempo con imparcialidad y objetividad respecto de las posiciones de las partes y autoridades; procurando que las relaciones de comunicación se lleven a cabo en cordialidad;
 
III. Participar en los programas de formación de desarrollo profesional, así como acreditar las evaluaciones sobre dicha participación en los términos que establezca el Pleno y el reglamento de servicio profesional de carrera, y
 
IV. Los demás que establezca el Reglamento Interior y aquellos determinados por el Pleno a través de acuerdos generales.


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