Artículo 1

La presente Ley es de orden e interés público y es aplicable a los actos, procedimientos y resoluciones emanados de la administración pública centralizada y descentralizada del Estado de Zacatecas y sus municipios. 

El presente ordenamiento no será aplicable en materia fiscal, laboral, electoral, responsabilidad de los servidores públicos, fraccionamientos rurales, así como las relativas al Ministerio Público.


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