Artículo 238

Para la elaboración y expedición del Bando de Policía y Gobierno, los Ayuntamientos podrán guiarse en los siguientes contenidos:

I. Exposición de motivos y estructura lógico-jurídica;
 
II. Fundamento y objeto del Bando:
 
a) Fines del Ayuntamiento; y
 
b) Nombre, Escudo del Municipio y en su caso marcha o corrido.
 
III. División territorial y ubicación geográfica:
 
a) Integración del Municipio; y
 
b) Nombres de los centros de población.
 
IV. Población Municipal: definición, derechos y obligaciones; vecinos; habitantes y visitantes;
 
V. Organización y funcionamiento del Gobierno Municipal. Autoridades Municipales: Presidenta o Presidente Municipal, Síndica o Síndico, Regidoras y Regidores; sesiones de cabildo; comisiones; organización de la administración pública municipal; órganos y autoridades auxiliares;
 
VI. Servicios públicos: definición, integración, organización, funcionamiento, concesión;
 
VII. Participación ciudadana;
 
VIII. Desarrollo urbano;
 
IX. Planeación;
 
X. Desarrollo Social;
 
XI. Protección al ambiente;
 
XII. Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
 
XIII. Protección Civil;
 
XIV. Permisos, licencias y autorizaciones;
 
XV. Sanciones y procedimientos: faltas; infracciones; sanciones;
 
XVI. Recursos administrativos, medios de impugnación; y
 
XVII. Artículos transitorios.


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