Artículo 117

La Legislatura del Estado y la Auditoría Superior del Estado recibirán de parte de la sociedad opiniones, solicitudes y denuncias sobre el funcionamiento de la fiscalización que ejerce la Auditoría Superior del Estado a efecto de participar, aportar y contribuir a mejorar el funcionamiento de sus funciones de fiscalización.

Dichas opiniones, solicitudes o denuncias podrán presentarse por medios electrónicos o por escrito libre, sin perjuicio de que la Auditoría Superior del Estado ponga a disposición de los particulares los formatos correspondientes.


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