De no presentarse las Cuentas Públicas en los plazos señalados serán aplicadas las sanciones establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la presente Ley. La Comisión de Vigilancia hará constar, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la conclusión de los plazos que no fue presentada en tiempo la Cuenta Pública respectiva, y la Auditoría Superior del Estado presentará ante la Fiscalía Especializada la Denuncia de Hechos, a efecto de que se investigue y, en su caso, se sancione en términos de la legislación penal correspondiente; independientemente de las demás acciones que procedan.