Artículo 53

La CEAAD se integrará por los titulares de las siguientes unidades administrativas del INCUFIDEZ:

I. La Subdirección Jurídica, quien fungirá como Presidente;
 
II. Dirección de Desarrollo del Deporte; y
 
III. Jefatura del Departamento de Deporte Federado.
 
La CEAAD funcionará en Pleno y sus determinaciones se tornarán por unanimidad o mayoría de votos.
 
Los cargos serán honoríficos.


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