Artículo 8

El Ejecutivo Estatal, a través del INCUFIDEZ y de la SEDUZAC, conforme a sus atribuciones, establecerá el Plan Estatal de Cultura Física y Deporte, estableciendo los objetivos y metas para el desarrollo en dicha materia.

 
El plan tendrá vigencia durante el sexenio gubernamental, en consecuencia deberá ser elaborado y publicado a más tardar dentro de los cuatro meses siguientes a la toma de posesión del Gobernador del Estado.
 
El INCUFIDEZ coordinará la elaboración de los Programas de su competencia, mediante una consulta con los miembros del SIEDE, el cual debe contener al menos:
 
I. El diagnóstico que le sirve de fundamento;
 
II. Una clara definición de objetivos y metas;
 
III. La formulación de estrategias, tomando en cuenta criterios de coordinación institucional para el aprovechamiento de los recursos públicos y privados;
 
IV. El diseño de políticas que faciliten e impulsen la participación de los sectores social y privado en las actividades deportivas del Estado y los municipios, propiciando la participación de las mujeres y las personas con discapacidad;
Reformado POG 04-03-2017
 
V. El plan de inversiones con los presupuestos de los principales programas y proyectos de inversión pública de los distintos entes deportivos y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución; los cuales incluirán partidas presupuestales específicas para el desarrollo de actividades deportivas de mujeres y personas con discapacidad; así como, su rendición de cuentas;
Reformado POG 04-03-2017
Reformado POG 14-03-2018
 
VI. La proyección, diseño y acondicionamiento de espacios deportivos que permitan la creación y puesta en marcha de Escuelas de Iniciación y Formación Deportiva en los municipios del Estado que así lo determinen; y
Adicionado POG 14-03-2018
 
VII. Procedimientos de evaluación y seguimiento.
 
Para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo se adoptarán las acciones y estrategias pertinentes, se dictarán los instrumentos normativos a que haya lugar y se formularán los planes operativos anuales que garanticen su ejecución.
 


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