Artículo 49

El Ejecutivo del Estado promoverá ante la autoridad educativa federal, el diseño y la aplicación de métodos y programas para la enseñanza y fomento de la ciencia y tecnología en todos los niveles de educación.



Regresar a Ley de Ciencia, Tecnologia E Innovacion del Estado de Zacatecas
Página generada en 0.231081 segundos