Artículo 25 bis

Con el objetivo de diseñar y operar la política pública de innovación se establece el Comité Técnico para la Innovación, como un comité especializado del COZCYT.

 
El Comité Técnico para la Innovación estará integrado por el Director o Directora del COZCYT quien lo presidirá, así como el Secretario o Secretaria de Desarrollo Económico y el Secretario o Secretaria de Educación y Cultura. Serán invitados permanentes por designación de la Junta Directiva, los siguientes:
 
I. Un representante de las universidades e instituciones de educación superior en el estado;
 
II. Un representante de la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionista del Estado de Zacatecas;
 
III. Tres representantes de empresas con base tecnológica del sector primario y secundario del estado, y
 
IV. Un representante de la comunidad científica.
 
El Comité tendrá la obligación de invitar a sus sesiones a representantes de las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado que tengan competencia en los asuntos que se aborden. De igual forma estará facultado para invitar a cualquier institución o persona que pueda aportar conocimiento o experiencias relacionados con la innovación en el Estado.
 
El Comité estará facultado para sesionar con un quórum de dos de sus miembros y tomará sus decisiones por mayoría de los presentes. Los titulares de la Secretaría de Desarrollo Económico, de Educación y Cultura y del COZCYT podrán designar a un suplente, quien deberá tener el rango de subsecretario o equivalente. El Comité deberá sesionar al menos dos veces al año.
Adicionado POG 21-08-2010


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