Las dependencias y entidades, previamente al establecimiento de compromisos para la adquisición de bienes y procedencia extranjera, ya sea de importación directa o de compra en el país, deberán solicitar previamente la aprobación de las Secretarías de la Función Pública del Gobierno del Estado y la de Finanzas, y una vez cubierto este requisito, solicitar los permisos de importación correspondiente, ante las autoridades federales respectivas.