ARTÍCULO 19

La Secretaría, escuchando la opinión de la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado, mediante disposiciones de carácter general, podrán determinar los bienes y servicios de uso generalizado, cuya adquisición o contratación, en forma consolidada, llevarán a cabo directamente las dependencias y entidades, con objeto de ejercer el poder de compra del sector público, apoyar las áreas prioritarias del desarrollo y obtener las mejores condiciones en cuanto a precio y oportunidad.

Reformado POG 23-03-2013


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