ARTÍCULO 16

El Ejecutivo Estatal, por conducto del Comité Estatal de Compras, determinará que dependencias estatales deberán instalar Comisiones Mixtas de Abastecimiento en función del volumen e importancia de las adquisiciones, arrendamientos y servicios. Dichas Comisiones tendrán por objeto propiciar y fortalecer la comunicación de las propias dependencias y entidades con proveedores.



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